Un ex edil del PSOE de Madrid condenado a un año de prisión por agresión sexual a una militante
El exconcejal del PSOE en Madrid Chema Dávila ha sido condenado por un delito de agresión sexual contra una exmilitante socialista y trabajadora de la sede de Ferraz
El exconcejal del PSOE en Madrid Chema Dávila ha sido condenado por un delito de agresión sexual contra una exmilitante socialista y trabajadora de la sede de Ferraz.
La condena incluye un año de prisión, una pena de inhabilitación especial por un periodo de cuatro años y una indemnización a la demandante por un importe de 8.000 euros en concepto de reparación de daños morales.
El caso tiene especial trascendencia en el PSOE porque la víctima fue una trabajadora de Ferraz, quien también denunció posteriormente, en 2023, al diputado de la Asamblea de Madrid Javier Guardiola por un presunto delito de violación cuando eran compañeros en las Juventudes Socialistas de Madrid, que lideraba el propio Guardiola.
Hace un mes, en mayo del 2024, la Audiencia Provincial de Madrid ratificó el archivo de la causa contra Guardiola, que fue sobreseída siete meses antes por el Juzgado de Instrucción número 32 de Madrid, por «no resultar debidamente justificada la perpetración del delito» y presentar un relato «poco sólido y convincente». El primer archivo de la causa fue el 19 de octubre de 2023.
Un mes después, la víctima fue despedida de Ferraz, en noviembre de 2023. Fuentes socialistas explican que «fue el propio Guardiola el que exigió a Ferraz que se le despidiera por una denuncia falsa» contra él. Algo que permitió su rehabilitación política posterior, al fichar como portavoz de Interior, Agricultura y Medio Ambiente en la Asamblea de Madrid.
Pocas semanas después de la petición de Guardiola, en noviembre de 2023, Ferraz ejecutó el despido de la entonces trabajadora socialista, tras un año y medio con diferentes tipos de contratos. Entró en la sede socialista en junio del 2022, donde se le contrató en el área audiovisual con la intención inicial de «protegerla» tras interponer la denuncia contra Chema Dávila.
«Querían ayudarla, pero también controlar el asunto y que ella no hablara», explican las fuentes socialistas consultadas. Un año y cinco meses después, se le comunicó su salida sin previo aviso. «Fue un cese fulminante, no un despido», porque la víctima había sido contratada a principios de año como asistente del Congreso de los Diputados, al igual que una gran parte de los trabajadores de Ferraz.
Su fichaje como asistente del grupo parlamentario, primero del Senado (febrero del 2023), y posteriormente del Congreso (noviembre del 2023), permitió que se le cesara sin alegar motivo alguno ni exponerse a una demanda por despido improcedente. Fue la gerente del PSOE, Ana María Fuentes, quien se lo comunicó «sin previo aviso, con media hora de antelación, y alegando cuestiones de capital».
Un cese que se comunicó a la trabajadora el día 20 de noviembre, y fue publicado tres días después en el Boletín Oficial de las Cortes.
Desde el momento de la agresión sexual, en noviembre de 2021, la víctima había estado recibiendo atención psiquiátrica, con tratamiento de medicación para la ansiedad. Una situación «de extrema vulnerabilidad», según sostuvo la abogada de la exmilitante socialista durante el juicio a principios de junio.
«Ferraz lo sabía porque la veía, ella no estaba bien», explican estas fuentes de su entorno. Dos años y siete meses después, las mismas fuentes explican a este periódico que está «contenta de que por fin haya terminado y poder cerrar el tema». Y «tranquila» porque esto pueda servir para evitar otros casos en el futuro.
Dávila sigue defendiendo que «no pasó absolutamente nada» y que «recurriré en la instancia superior para defender mi inocencia, con la esperanza de que la situación se aclare finalmente». La notificación de la condena le llegó hace unos días.
Según consta en la sentencia a cuyo contenido ha tenido acceso este diario, el tribunal condena al exconcejal socialista «como autor de un delito de abuso sexual previsto en el artículo 181 del Código Penal», a un año de prisión; la pena accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de duración de la condena; la pena de inhabilitación especial «para cualquier profesional u oficio.
Sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad por un tiempo de cuatro años»; la medida de libertad vigilada por un tiempo de un año, así como la obligación de participar en un programa de formación en materia de educación sexual; la indemnización a la víctima por importe de 8.000 euros, y el pago de las costas del proceso.
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