El TJUE dicta que no se puede denegar una euroorden aunque no exista el delito en ese país

El Tribunal de Justicia de la Unión Europa ha dictado una sentencia que guarda paralelismos con el caso de Carles Puigdemont y el resto de políticos independentistas fugados de la justicia española

Carles Puigdemont

El Tribunal de Justicia de la Unión Europa ha dictado una sentencia que guarda paralelismos con el caso de Carles Puigdemont y el resto de políticos independentistas fugados de la justicia española.

En su reciente sentencia C-481/23, del 10 de abril de 2025, el tribunal europeo determina que un Estado miembro no puede denegar la ejecución de una orden europea de detención y entrega (euroorden), incluso si el delito por el que se solicita la entrega no es punible en el país de ejecución.

 La Audiencia Nacional había elevado una cuestión prejudicial después de que Rumanía se negara a entregar a un ciudadano español buscado por la justicia. Y ahora la justicia comunitaria le ha dado la razón.

Según los juristas consultados, podría ser aplicable a Puigdemont y Bélgica, dado que refuerza el principio de cooperación judicial dentro de la Unión Europea sin atender al concepto de «doble incriminación». Es decir, que no es necesario que en el país requerido se persigan los mismos hechos delictivos.

 Si bien en 2023, el mismo tribunal ya falló a favor del juez Pablo Llarena en su cuestión prejudicial, y afirmó que Bélgica debía entregar al líder de Junts, no abordó el hecho de que esa entrega debía ejecutarse, aunque no exista el hecho delictivo en el país requerido. Bélgica fue considerado un buen destino para Puigdemont porque en su código penal no existía un delito directamente equivalente al de rebelión, cuya acusación pesaba sobre él en el momento de su fuga.

Al mismo tiempo, cabe recordar que, en 2018, Alemania también denegó la euroorden por considerar «inadmisible» el delito de rebelión, aunque sí que iba a hacerlo por el delito de malversación.

 El caso de Puigdemont, no obstante, todavía no se ha resuelto. Después de que el Tribunal General de la Unión Europea fallara a favor de levantar su inmunidad parlamentaria, Puigdemont recurrió la decisión ante el TJUE. El líder de Junts gozaba de inmunidad parlamentaria al haber sido elegido eurodiputado en 2019. Aunque ya no es diputado del Parlamento Europeo tras decidir no concurrir en los comicios de 2024.

En 2022 la Audiencia Nacional condenó a un ciudadano español, residente en Rumanía, como coautor de un fraude en el impuesto sobre el valor añadido (IVA) en la venta de hidrocarburos por importe de más de 100 millones de euros. Se le impusieron diversas penas de prisión e importantes multas.

NO ERA ESO, NO ERA ESO

Tras anunciar el acusado que interpondría recurso de casación contra la sentencia condenatoria ante el Tribunal Supremo, se le denegó autorización para desplazarse a su país de residencia. 

A pesar de esa prohibición, el acusado fue localizado en la frontera croata en dirección a Rumanía. En consecuencia, en abril de 2022, la Audiencia Nacional dictó una orden de detención europea en la que se decretaba su busca y captura e ingreso en prisión.

En abril de 2023, un tribunal rumano denegó la ejecución de dicha orden de detención. Consideró que el acusado, que había acreditado una residencia continua y legal en territorio rumano, no deseaba ser entregado a las autoridades judiciales españolas. Por otra parte, señaló que el delito había prescrito con arreglo a la legislación rumana.

Por su parte, la Audiencia Nacional sostuvo que no se cumplían los requisitos para poder invocar esos motivos de inejecución facultativa de dicha orden de detención.

Por esta razón, solicitó al tribunal comunitario que interpretara la Decisión marco relativa a la orden de detención europea. En su sentencia, el Tribunal de Justicia confirma la postura de la Audiencia Nacional.

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