Nacional Por: Impacto España Noticias27 de octubre de 2025

El Gobierno aprobará este martes atribuir la instrucción a Fiscalía

Los partidos políticos no podrán ejercer la acusación popular en caso de aprobarse la Ley. Del mismo modo, también quedarán fuera de la misma, las personas jurídicas públicas, los sindicatos o las asociaciones dependientes de ellos

Pedro Sanchez, Ábalos

Según informan LaSexta y ElDiario.es, el Consejo de ministros va a aprobar este martes tanto que se atribuya la instrucción a los fiscales como que se impida a los partidos ser acusación popular en la que pretende ser la nueva Ley Orgánica de Enjuiciamiento Criminal, siempre que después lo ratifique el Congreso, donde cada vez le faltan más apoyos a Sánchez.

La filtración de La Moncloa a ambos medios asegura que también ampliará a cinco años el mandato del fiscal general del Estado, que dejará de coincidir temporalmente con el de los respectivos Gobiernos, que es de un máximo de cuatro.

Este proyecto entrerá en vigor el 1 de enero de 2028 por lo que, aseguran dichos medios, "no afectará a las causas que se encuentran ahora mismo en tramitación", es decir, ni a las que afectan a Begoña Gómez ni al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz.

Esta nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal viene a sustituir a la de 1882, que ha sido enmendada en múltiples ocasiones desde entonces. Según la fuente de la información, "tiene el objetivo de modernizar el proceso penal, superando el modelo decimonónico y preconstitucional, e impulsar una administración de justicia propia del siglo XXI".

Los partidos políticos dejarían de poder ejercer la acusación popular
Los partidos políticos no podrán ejercer la acusación popular en caso de aprobarse la Ley. Del mismo modo, también quedarán fuera de la misma, las personas jurídicas públicas, los sindicatos o las asociaciones dependientes de ellos.

Los asesores, la otra casta de los partidos políticos: 13 millones de euros para 327 asesores en un Congreso parado

Además, indican los citados medios, "se establecerá un catálogo de delitos" para delimitar cuáles son en los que la acusación particular podrá ejercerse, mientras que en el resto dejaría ser existir. Entre los que sí se podrá serán los de corrupción, financiación ilegal de partidos, derechos de los consumidores, incitación al odio y violencia sobre la mujer.

Cualquier asociación o colectivo que quiera participar en un procedimiento penal tendrá que acreditar un "vínculo legítimo" con el interés público que pretende defender.

Los fiscales asumirían la instrucción
Las investigaciones penales corresponderían al fiscal y no al juez instructor una vez se haya aprobado la Ley. Dicha investigación será controlada por un juez de garantías y, terminada esta fase, habrá un segundo magistrado de audiencia preliminar que será el responsable de decidir si se abre el juicio oral. En ese caso, una tercera instancia formada por uno o tres togados juzgará los hechos.

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