El juez Adolfo Carretero ha acordado procesar al exdiputado, Íñigo Errejón, por un presunto delito de agresión sexual contra la actriz Elisa Mouliaá

El juez ha procesado al exdiputado Íñigo Errejón por un presunto delito de agresión sexual contra la actriz Elisa Mouliaá. Así consta en un auto,  que ha dictado este mismo viernes el titular del Juzgado de Instrucción Número 47 de Madrid

Íñigo Errejón

El juez ha procesado al exdiputado Íñigo Errejón por un presunto delito de agresión sexual contra la actriz Elisa Mouliaá. Así consta en un auto,  que ha dictado este mismo viernes el titular del Juzgado de Instrucción Número 47 de Madrid.

El magistrado Adolfo Carretero sostiene en su resolución que el testimonio de la denunciante es el principal indicio probatorio contra el investigado y cumple con los criterios establecidos por el Tribunal Supremo. Además, recalca que está respaldado por otros "elementos periféricos" que apuntalan la acusación contra Errejón.

"La declaración de la perjudicada Sra. Mouliaá, que cumple los parámetros exigidos por el TS para ser prueba, junto con otros elementos periféricos ya relatados (testimonio de Soraya, de su padre, de su amiga Sra. Zulueta, y los informes periciales, en especial el del Sr. Rueda que la trató inmediatamente después de los hechos y antes de los mismos), son mínimos indicios de la comisión por parte del investigado Sr. Errejón", de un delito de agresión sexual, señala la resolución.

CORRUPCIÓN MEDIÁTICA. DESINFORMACIÓN

Así las cosas, el instructor acuerda la transformación de las diligencias previas en procedimiento abreviado y da un plazo de diez días a la Fiscalía y las acusaciones para formular escrito de acusación contra el exdiputado. Las partes, incluida la defensa, podrán solicitar la apertura de juicio oral, o bien el sobreseimiento de la causa.

Sobre la conversación tras la supuesta agresión sexual en la que Mouliaá comentó a una amiga que los hechos no le parecían delictivos pero que debía de denunciar, el magistrado argumenta que esto "no supone que no lo sean, pues la denunciante no es experta en Derecho ni tiene que calificar los hechos, bastando que los exponga, como ha hecho".

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