La Audiencia obliga a reabrir la investigación del presunto currículo falso del comisionado de Sánchez para la DANA

Corrige al instructor, marido de la juez de Paiporta, y reactiva las pesquisas por presunto engaño en la titulación del histórico socialista que nombró Sánchez.  La Sala estima que el archivo prematuro no se ajustaba a derecho y obliga a profundizar en las irregularidades detectadas en la acreditación académica del alto funcionario
Noticias09 de abril de 2026Impacto España NoticiasImpacto España Noticias

Jose-Maria-Angel-Batalla

La Audiencia Provincial de Valencia ha revocado el sobreseimiento prematuro dictado en el caso del presunto currículo falso del excomisionado de Sánchez para la reconstrucción tras la DANA, el histórico socialista valenciano, José María Ángel Batalla.

Gracias al recurso del pasado octubre por parte del sindicato Manos Limpias y de la Diputación de Valencia, los magistrados de la Audiencia consideran que existen indicios suficientes para continuar la investigación y han ordenado al juzgado de instrucción que retome las diligencias.

Esta decisión desautoriza directamente la postura inicial del instructor, vinculado familiarmente a la magistrada que investiga la propia catástrofe de la DANA. La Sala estima que el archivo prematuro no se ajustaba a derecho y obliga a profundizar en las irregularidades detectadas en la acreditación académica del alto funcionario.

Indicios de falsedad documental para tener plaza de funcionario treinta años

El histórico socialista valenciano dimitió el pasado 31 de julio tras conocerse de que utilizó un título universitario falsificado para lograr la plaza como funcionario que detentó durante décadas.

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Esta resolución supone el enésimo papelón por el enésimo escándalo del Gobierno de Sánchez, que nombró al comisionado para gestionar los fondos de recuperación tras la riada que asoló Valencia.

Según las pesquisas iniciales, el comisionado habría presentado un título universitario sospechoso para acceder a su plaza como funcionario hace más de tres décadas. La Audiencia precisa que, una vez alzado el sobreseimiento, no le corresponde a ella determinar si existió un presunto delito de estafa.

La Audiencia subraya que procede continuar las actuaciones para esclarecer si existió dolo en la incorporación a la Administración. Los jueces rechazan el argumento de prescripción esgrimido en primera instancia y exigen que se practiquen las pruebas pendientes

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