16 embajadas españolas en el extranjero han sustituido la carta certificada por el servicio de franqueo en destino

Se trata de una medida acordada con operadores postales locales que transforma las papeletas en envíos ordinarios sin trazabilidad, es decir, sin fecha u hora de admisión, ni fecha y firma de recepción
Nacional16 de octubre de 2026Impacto España NoticiasImpacto España Noticias

th (1)

Un total de 16 embajadas españolas en el extranjero han sustituido la carta certificada por el servicio de franqueo en destino para el depósito del voto CERA (Censo de Españoles Residentes Ausentes) de 1,8 millones de electores en la fase final de emisión del sufragio.

Se trata de una medida acordada con operadores postales locales que transforma las papeletas en envíos ordinarios sin trazabilidad, es decir, sin fecha u hora de admisión, ni fecha y firma de recepción. Esto permite la admisión de sufragios fuera del plazo legal y el depósito masivo no presencial en buzones públicos.

Se trata de una información a través de fuentes del sector de absoluta solvencia. Estas fuentes aseguran también que Correos no tiene nada que hacer en esta parte del proceso. Es una cuestión que atañe fundamentalmente al Ministerio de Asuntos Exteriores y a las embajadas.

El ejercicio del derecho al voto desde el extranjero es gratuito para el ciudadano español inscrito en el CERA. La normativa general prevé que el elector pague la tarifa en la oficina postal del país de residencia y solicite el reintegro del importe introduciendo el recibo dentro del sobre de votación. Este proceso de reembolso requiere una tramitación administrativa centralizada desde España para gestionar pagos de escasa cuantía económica.

Para evitar esta gestión administrativa, 16 representaciones diplomáticas firmaron acuerdos directos con los operadores postales de sus respectivos países para aplicar la modalidad de franqueo en destino. Esta medida afecta a 1.895.085 votantes, lo que representa el 70% del censo total de residentes ausentes. Los países acogidos a este sistema son Alemania, Argentina, Bélgica, Chile, Colombia, Cuba, Francia, Irlanda, México, Países Bajos, República Dominicana, Suecia, Suiza, Perú, Uruguay y Venezuela. Argentina concentra el 20% del censo total del CERA.

thEl juez del 'caso Koldo' pide al instructor del 'caso Leire Díez' las agendas de Cerdán para investigar sus ingresos

También se ha puesto en contacto con Correos para recoger su versión oficial. El ente público postal asegura que se ciñe a lo que marca «el artículo 75 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG)», que establece que «los electores CERA pueden optar por depositar su voto en la urna de las oficinas consulares que a tal fin se habilitan en el extranjero, o bien pueden remitirlo por correo a dicho consulado».

 Además, añade que «una vez finalizado el plazo para la votación, los diversos consulados en el exterior remiten por valija diplomática los sobres con el voto CERA a la oficina que a estos efectos se constituya en el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (Maeuec) en España».

La firma dirigida por Pedro Saura concluye que Correos «recoge en la propia oficina del Maeuec las bandejas colectoras conteniendo la documentación CERA, las cuales se encuentran debidamente cerradas y precintadas, y que son custodiadas hasta su entrega en ese mismo estado íntegro en las Juntas Electorales encargadas del escrutinio a las que van dirigidas». Sin embargo, no hace referencia alguna a la reducción de los controles que supone pasar del voto certificado al de franqueo en destino.

Los riesgos del franqueo en destino

La Instrucción 1/2023 de la Junta Electoral Central establece para el voto CERA que «la documentación así ordenada se enviará a la oficina consular, personalmente por el elector mediante correo postal, que deberá ser certificado cuando sea posible». El servicio de carta certificada es obligatorio para todos los operadores designados de acuerdo con el Convenio de la Unión Postal Universal. El uso del franqueo en destino despoja al voto por correo de las garantías propias del envío certificado. 

Las cartas se gestionan como correspondencia ordinaria. El votante no recibe un justificante de entrega en el momento de depositar su sobre y el personal consular recibe las sacas postales sin un listado de control individualizado de los sobres conteniendo el voto emitido.

La LOREG exige de forma estricta que todo voto CERA se deposite, como máximo, hasta cinco días antes de la jornada electoral en España. La única garantía para comprobar si un voto cumple con esta exigencia legal es la existencia de un registro oficial del día y, en su caso, la hora exactos en que el ciudadano entrega la papeleta en la red postal.

En el procedimiento habitual mediante carta certificada, el empleado postal escanea el envío y entrega un recibo oficial con la fecha y hora de admisión. Si el sello o la marca del sistema indica que el sobre se entregó después del límite legal, la Junta Electoral Central anula ese voto de forma automática antes del escrutinio.

El posible fraude

El posible fraude de los votos fuera de plazo se produce porque los sobres de franqueo en destino depositados en buzones de la calle o en ventanillas no reciben un comprobante oficial de entrega ni un registro informático con hora de admisión. Un grupo organizado o un elector particular puede entregar o echar al buzón sus sobres hasta tres días después de vencido el plazo legal, porque solo se contabilizan los votos que hayan tenido entrada en los consulados hasta dos días antes de la fecha electoral.

AA2ehIaPPolicía Municipal impone 76 multas por botellón o consumo de drogas en la acampada de Sol y más de 100 por limpieza

Como las cartas ordinarias carecen de marca temporal, el Consulado recibe las sacas postales sin posibilidad de saber cuándo se depositaron realmente las papeletas. Al no existir pruebas de la extemporaneidad, todos los sobres fuera de plazo de admisión, pero llegados a las sedes diplomáticas antes del 2.º día anterior a la fecha electoral, entran en la valija diplomática y se contabilizan en el recuento oficial como si fuesen legales.

La garantía de seguridad del voto certificado estándar (y la instrucción 1/2023 de la JEC) exigen que el elector acuda en persona a una oficina postal, dificultando cualquier presentación masiva de votos emitidos. Por otra parte, el coste del servicio de carta certificada, versus la gratuidad del franqueo en destino, limita las posibilidades de fraude masivo por ser más fácilmente detectable y tener un coste muy elevado.

El posible fraude de la «siembra» de votos en buzones públicos se basa en el anonimato de sus autores. Al utilizar el servicio de franqueo en destino: el sobre con la papeleta de voto funciona como una carta común que se deposita libremente en cualquier buzón de la vía pública.

Redes organizadas o intermediarios con acceso a bases de datos de emigrantes, asociaciones locales o censos desactualizados pueden conseguir copias de pasaportes o DNI de electores que no van a votar, personas dependientes o ciudadanos fallecidos que continúan en el censo. Estas redes pueden rellenar de forma masiva las papeletas, introducir la documentación en los sobres de franqueo en destino y una sola persona puede repartir y depositar cientos de sufragios en la red de buzones de una ciudad sin identificarse en ningún momento.

El servicio postal local recoge las cartas de los buzones como correspondencia ordinaria y las entrega en el Consulado en sacas cerradas. Los responsables consulares y los representantes de las diferentes candidaturas no tienen forma de saber quién echó los sobres al buzón ni si los titulares de los documentos entregaron su voto voluntariamente. Todos esos sobres se aceptan e introducen en el sistema de recuento final sin que la Junta Electoral Central pueda detectar la suplantación o la captación irregular de las papeletas.

¿Conoces algún hecho irregular que quieres que investigue y cuente Impacto España Noticias? Escribe a [email protected]

Comparte en Redes Sociales

Apoya el periodismo independiente y crítico 

 Evite la censura de Internet suscribiéndose directamente a nuestro canal de Telegram, Newsletter

Haz tu Donación

Síguenos en Telegram: https://t.me/impactoespananoticias

Whassapt Impacto España: https://chat.whatsapp.com/DkvQU3OzEzz1Ih524CPUd7

Twitter: https://twitter.com/impactoSumustv

Instagram: https://www.instagram.com/impactoespana?r=nametag

WhatsApp: 635967726

Último momento
Te puede interesar
Lo más visto
descargar

Denuncian a la cúpula de ANAVID por desviar 122.000 € y operar como «organización satélite» ligada a Vox

Impacto España Noticias
Investigacion Judicial14 de octubre de 2026
Solicitan la remisión urgente a la Fiscalía Anticorrupción y a la UCO de la Guardia Civil tras destaparse la transferencia de más de 51.000 € a la cuenta particular de Rafael Marcos y la retención opaca de otros 65.000 €.• La presidenta de la asociación, María Legaz, mantuvo cargos orgánicos en Vox y cercanía a Santiago Abascal, siendo cesada formalmente justo al fundar la ONG para simular neutralidad ciudadana.

descargar

El “Bar España”, la médula ósea de Españistán

Galo Dabouza
Opinion 15 de octubre de 2026
Desde el 16 de octubre se juzga en Castellón, por calumnias, a 6 de los 9 acusados originales, por difundir el caso “Bar España” Los tres restantes murieron durante los largos y tortuosos años de la lenta y torpe “justicia española”
Suscribete a Impacto España Noticias