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title: "Juicio oral con jurado popular para Begoña Gómez y su asesora por tráfico de influencias y malversación"
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description: "El auto sostiene que Begoña Gómez aprovechó su condición de esposa del presidente del Gobierno para obtener beneficios que no habría podido conseguir de otro modo"
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date_published: "2026-09-21T12:56:00+02:00"
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  - "Begoña Gómez"
  - "Cristina Álvarez"
  - "Juan Carlos Barrabés"
  - "Juan Carlos Peinado"
  - "Pedro Sánchez"
author_name: "Impacto España Noticias"
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category_description: "Pedro Sanchez, Feijoo, Santiago Abascal, Begoña Gomez, Caso Koldo, Koldo Garcia, Jose Luis Ábalos, Victor de Aldama, Jose Luis Rodriguez Zapatero."
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# Juicio oral con jurado popular para Begoña Gómez y su asesora por tráfico de influencias y malversación

**![photo_2026-09-21_12-25-05](/download/multimedia.normal.a248bb91962a58ce.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)**

El titular del Juzgado de Instrucción número 41, Juan Carlos Peinado, ha dictado este lunes un auto en el que acuerda enviar a juicio con jurado popular a**Begoña Gómez** por los presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación de caudales públicos, según consta en la resolución, a la que ha tenido acceso IEN.

El magistrado considera acreditado indiciariamente que la mujer de Pedro Sánchez se apropió de un software que pertenecía a la Universidad Complutense de Madrid; apoyó a la consultora Barrabés para que se adjudicara dos contratos públicos del Gobierno de su marido y, finalmente, utilizó en beneficio propio a una asesora que estaba a sueldo de Moncloa, **Cristina Álvarez Rodríguez.**

El auto sostiene que Begoña Gómez aprovechó su condición de esposa del presidente del Gobierno para obtener beneficios que no habría podido conseguir de otro modo. Como ejemplos, menciona la reunión con el rector en el Palacio de la Moncloa en la que consiguió una cátedra; la emisión de cartas de apoyo a Barrabés tras reunirse con el dueño de esta compañía, **Juan Carlos Barrabés**, en la misma residencia oficial; el uso de la propia cátedra como medio de**"desarrollo profesional privado"** que le proporcionó "una remuneración por su actividad docente en los másteres integrados en ella"; y la utilización recurrente del correo institucional de Moncloa para efectuar gestiones con fines privados.

En conjunto, todas esas conductas podrían incardinarse en un delito de tráfico de influencias, en opinión del juez Peinado. **"Los hechos indiciariamente atribuidos a la acusada Begoña Gómez"**, apunta la resolución, "pudieron suponer que, desde la llegada de su esposo primero a la Secretaría General del PSOE y, sobre todo, a la Presidencia del Gobierno, se tomaron determinadas decisiones públicas favorables a la cátedra [de la Universidad Complutense] y al proyecto TSC, que pudieron obtenerse mediante un aprovechamiento singular de su posición relacional", en referencia a su vínculo con el jefe del Ejecutivo.

En cuanto a las relaciones entre Begoña Gómez y Cristina Álvarez, el juez aprecia**"una actuación conjunta y convergente en la gestión del proyecto vinculado a la cátedra y al software desarrollado en su seno".**

"Si, por un lado, **Begoña Gómez**aparecía como promotora, directora e interlocutora principal del proyecto ante empresas, universidad y terceros, por otro,**Cristina Álvarez** actuaba de forma continuada como apoyo operativo y cauce material de esa misma actividad, interviniendo en reuniones, comunicaciones, cuestiones económicas, relaciones con patrocinadores y gestiones universitarias vinculadas al desarrollo tecnológico", expone el auto.

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La propia Álvarez se sentará también en el banquillo, aunque únicamente por malversación de caudales públicos en calidad de cooperadora necesaria. "La secuencia de comunicaciones descrita permite constatar que**Cristina Álvarez** intervino de forma reiterada en gestiones realizadas mediante correos electrónicos relativos a la organización de actos, tramitación de convenios, seguimiento de patrocinios y gestión documental vinculada a la cátedra, apareciendo dichas comunicaciones en diversos momentos remitidas o gestionadas desde su cuenta institucional de Presidencia del Gobierno", destaca el auto.

Para el juez, las averiguaciones de la Unidad Central Operativa (UCO) apunta a un delito de malversación de caudales públicos. "Begoña Gómez solicitó, aceptó y aprovechó de forma estable la dedicación de una empleada retribuida por Presidencia a tareas ajenas **al cometido institucional del puesto:** interlocución con universidades, patrocinadores y partners; seguimiento de la cátedra; gestiones sobre el software; asistencia a reuniones técnicas; y desarrollo del proyecto tecnológico que después aparece vinculado con marcas, dominio y mercantil de titularidad exclusiva de la propia acusada.

**Es más, hay al menos indiciarias evidencias de que fue ella [Begoña Gómez] quien solicitó la contratación de Cristina Álvarez precisamente por su relación de confianza con ella".**

Del mismo modo, el auto argumenta que **Begoña Gómez hizo todo lo posible para quedarse con un software que, en realidad, pertenecía a la Complutense**. Recuerda que pudo ponerlo a nombre de la institución académica pero, en lugar de eso, lo inscribió a su nombre, registró la marca y montó una sociedad mercantil para explotarlo comercialmente.

Además de enviar a Begoña Gómez al banquillo, el juez Peinado ordena averiguar su**"capacidad económica"** y libra un oficio a la Agencia Estatal Tributaria requiriendo la "remisión de sus últimas cinco declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas". Asímismo, remite un oficio a la Universidad Complutense para que remita la certificación reclamada por la acusación popular unificada sobre el daño patrimonial presuntamente causado por**Begoña Gómez**

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