Se avalará esta semana la ley que sanciona con hasta un año de cárcel rezar en clínicas abortivas
Consideran «acoso» a las mujeres que acuden a las clínicas para la interrupción voluntaria del embarazo
El Tribunal Constitucional (TC) se dispone a avalar esta semana la ley aprobada en 2022 que sanciona con penas de hasta un año de prisión a quienes acuden a las clínicas para la interrupción voluntaria del embarazo con ánimo de rezar o ayudar a las necesitadas.
Fuentes jurídicas señalan que el Pleno de la corte de garantías debatirá y previsiblemente aprobará el borrador de la sentencia que ha redactado la magistrada del ala progresista María Luisa Balaguer, quien defiende que la norma es constitucional.
Así las cosas, se prevé que la mayoría progresista del tribunal rechace el recurso que presentaron los diputados de VOX contra el artículo único de la Ley Orgánica 4/2022, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para penalizar lo que consideran «acoso» a las mujeres que acuden a las clínicas para la interrupción voluntaria del embarazo.
La formación liderada por Santiago Abascal impugnó la norma después de haber intentado frenarla en sede parlamentaria y tras presentar -sin éxito- enmiendas para que la presencia de personas al rededor de las clínicas con ánimo de ofrecer ayuda o rezar no se castigue con penas de prisión.
Fue en febrero de 2022 cuando el Congreso aprobó -con los votos en contra de PP y VOX- la ley orgánica con la que se castiga con penas de prisión de tres meses a un año los «actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos» que «menoscaben la libertad de las mujeres».
El texto, además, establece que los tribunales podrán imponer a su vez la prohibición de acudir a determinados lugares por periodos de seis meses a tres años, punto que también ha sido respaldado por el Pleno de la corte de garantías.
Ley trans de la Comunidad de Madrid
Al margen, está previsto que los magistrados del Constitucional deliberen sobre si admiten a trámite o no el recurso que presentó el Defensor del Pueblo contra la reforma de la ‘ley trans’ que la Comunidad de Madrid aprobó el pasado diciembre.
El Defensor del Pueblo impugnó la norma al considerar que «patologiza a los menores y vulnera sus derechos a la intimidad y al libre desarrollo de la personalidad», según señaló el pasado abril cuando anunció el recurso.
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