La juez de 'Tsunami Democràtic' en el Supremo archiva la causa contra Puigdemont por terrorismo
La juez del Tribunal Supremo a cargo de la instrucción del 'caso Tsunami Democràtic' ha acordado este martes el archivo de la causa penal abierta por terrorismo contra el expresidente catalán Carles Puidemont y el diputado de ERC en el Parlament Ruben Wagensberg.
La juez del Tribunal Supremo (TS) ha archivado el 'caso Tsunami', causa penal abierta por terrorismo contra el expresidente catalán Carles Puigdemont y el diputado de ERC en el Parlament, Ruben Wagensberg. Lo hace un día después de que la Audiencia Nacional también acordara el archivo de la causa que afecta a Puigdemont.
Susana Polo, magistrada del TS, toma la decisión tras recibir el auto del juez Manuel García Castellón (AN). La Sala de lo Penal invalidó todas las diligencias acordadas por el instructor en los últimos tres años porque el juzgado prorrogó la investigación el 30 de julio de 2021, 24 horas fuera de plazo.
La juez del Supremo destaca que antes del 29 de julio de 2021 "no se llevó a efecto ninguna investigación de la causa determinante de la participación" de Puigdemont y Wagensberg, pues así "se desprende del auto de archivo dictado" por García Castellón.
Remarca que no se ha acordado ni tomado declaración a ninguno de los investigados en la causa, lo que "impide que las actuaciones puedan continuar por los trámites" para llevar el caso a juicio.
La decisión de la Audiencia Nacional
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional estimó el recurso de la investigada Marta Molina (ERC) en la causa de 'Tsunami Democràtic'. Declaró la invalidez de todas las diligencias que el juez instructor acordó con posterioridad a la fecha de 29 de julio de 2021. En aquel momento, dictó un auto de prórroga de seis meses de la investigación cuando el plazo había vencido un día antes.
El Tribunal dio la razón en un auto a la recurrente. Considera que la prórroga fue extemporánea, a la vez que ordena al juez Manuel García Castellón dictar la resolución establecida en el artículo 779 de la Ley de enjuiciamiento Criminal.
Según este artículo, el instructor tiene que decidir si continúa con la causa o dicta el sobreseimiento. Para ello, se tendrá que basar exclusivamente en las diligencias acordadas antes del 29 de julio de 2021.
Fue en aquel momento cuando el titular del Juzgado Central de Instrucción 6 de la Audiencia Nacional todavía no había dirigido la investigación de esta causa por terrorismo contra el expresidente catalán Carles Puigedmont.
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