¿Hasta cuándo, don Cándido, esa grosera parcialidad suya?
"Hace tiempo que usted dejó de ser el magistrado que fue o nos pareció que era. Ha abandonado el espíritu del juez constitucional"
Excmo. Sr. D. Cándido Conde-Pumpido Tourón, presidente del Tribunal Constitucional de España:
Hace tiempo, don Cándido, que no le escribo. Con ésta de hoy son dos las veces que lo hago. La primera fue el 13 de febrero de 2023, en una "Tercera" de ABC, a propósito de la decisión adoptada por el Tribunal que preside en los incidentes de recusación planteados contra usted, las magistradas Concepción Espejel e Inmaculada Montalbán y el magistrado Juan Carlos Campo, por exdirigentes del Partido Popular respecto a determinados preceptos de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de Interrupción Voluntaria del Embarazo.
Como sin duda recordará, aquella carta no le sentó nada bien, hasta el extremo de que me contestó, a modo de réplica, trasmitiéndome el malestar que mis palabras le habían producido, cosa que lamenté y así, en trámite de dúplica, se lo hice llegar por el mismo medio.
Al ser ambos envíos de naturaleza privada, los dos están guardados en mi archivo, lugar donde permanecerán, a no ser que algún día, de mutuo acuerdo, decidamos que sean conocidos por terceros.
Hecho el recordatorio, veo, don Cándido, que sigue usted en la cuesta arriba del escándalo, debido a la desenfrenada parcialidad que, según las crónicas y críticas de ámbitos judiciales y no judiciales, acredita en el ejercicio cotidiano de sus funciones, hasta el punto de que relatar cada uno de los supuestos que justifican el reproche es tarea considerablemente difícil, pues es probable que un nuevo y truculento episodio de iniquidad habrá usted protagonizado antes de concluir la jornada laboral del día.
Comprendo que las censuras recibidas le parezcan muy severas, pero entiéndame si le digo que, a mi juicio, se las ha ganado a pulso. Porque, sin ir muy allá, dígame qué explicación tienen estos dos botones de muestra que le ofrezco, sucedidos recientemente y de los que es usted figura estelar.
Me refiero, por un lado, al inaudito y fulminante apartamiento del magistrado don José María Macías, de los 21 recursos relacionados con la Ley de Amnistía y sus derivadas, y, por otro, a la no menos sorprendente decisión tomada por usted de intervenir en los recursos planteados por los líderes independentistas del procés contra la interpretación que el Tribunal Supremo hizo de aquella ley, pese a que, en abril de 2021 había decidido abstenerse de participar en otros recursos de amparo presentados por los condenados en la causa número 20907/2017 seguida en la Sala de lo Penal del Alto Tribunal, y, también, en todas las actuaciones incidentales relacionadas con el asunto.
Se lo digo como lo siento. Tanto como siento decírselo, pero para mí tengo que se ha "reincorporado" a los recursos con un argumento que ni al más afamado de los rábulas o zurupetos convencería, pues decir que ahora no se abstiene porque cuando lo hizo la Ley de Amnistía no había sido aprobada y que, por lo tanto, se trata de dos cuestiones distintas, es una justificación impropia del jurista de prestigio que usted y los suyos afirman que es.
Esto, don Cándido, por no hablar de las sentencias pronunciadas en los recursos de amparo interpuestos por los condenados en el proceso penal de los ERE que, no se olvide, supuso uno de los mayores casos de corrupción de la democracia y con las que el TC ha acreditado sobradamente su naturaleza política al incurrir en un exceso de competencias y en una flagrante desnaturalización de sus funciones.
Entre las que no se incluye la interpretación última de los tipos penales. Y es que, aun admitiendo que las líneas que separan ambas jurisdicciones no siempre son nítidas, creo que en este caso los firmantes de las sentencias de mayoría, con usted a la cabeza, rebasaron con creces las fronteras diseñadas por la Constitución y el legislador ordinario. Ahí están los artículos 52.2 CE y el 44 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, redactado por la Ley 2/2007, de 24 de mayo, que se ocupa del recurso de amparo, inspirado en el principio de no lesión de la potestad jurisdiccional de los jueces y tribunales integrados en el poder judicial.
Por cierto, qué lejos está usted de aquella tesis que sostuvo en julio de 2006 cuando, en una conferencia que impartió en la Universidad Rey Juan Carlos, afirmó que la actual configuración del recurso de amparo carecía de sentido y patrocinaba delimitar los campos competenciales de ambos tribunales, debido "al invasivo papel del Tribunal Constitucional en las tareas del Tribunal Supremo".
Una cosa, a propósito de su comentario y que, por supuesto, comparto. Me refiero al auto de 28 de noviembre del pasado año dictado por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo en la causa especial 21213/2024, cuando, entre otros particulares, declara que "la dinámica de funcionamiento jurisdiccional del Tribunal Constitucional no significa que resulte ajena de manera absoluta a eventuales recursos o a control alguno por parte del poder judicial (…), ni equivale a una suerte de inviolabilidad de los miembros de ese tribunal en el ejercicio de sus funciones, pues ello supondría el otorgamiento de una carta blanca para resolver sin atenerse jurídicamente a la cuestión o cuando se sobrepase de manera patente la mera ilegalidad y contradicción con el Derecho". Fin de la cita.
A partir de las anteriores premisas, se me ocurre, don Cándido, que acaso fuera interesante bucear en las verdaderas causas de su comportamiento y preguntarnos dónde se encuentra la raíz de lo que le está pasando.
Mas antes de que me responda, si es que tuviera a bien hacerlo, permítame anticiparle que para mí el motivo principal de su inconcebible y censurable conducta reside en que hace tiempo que usted dejó de ser el magistrado que fue o nos pareció que era, que ya no es un buen juez, ni un juez bueno, que ha abandonado el espíritu del juez constitucional y que, precisamente por esto, el meollo de su problema se encuentra en la tacha que habitualmente se le formula; es decir, de estar donde está no para hacer justicia sino para prestar servicios.
Porque, verá, señor presidente. Si la independencia de un juez es una noción estrechamente unida a la exigencia de imparcialidad y se garantiza por la sujeción a la legalidad estricta, quizá tendría usted que reconocer que, hoy por hoy, no ofrece indicios de serlo, pese al afán que ponga en la búsqueda, que, para serle sincero, no me parece que sea mucho.
Y es que, al margen de la libertad de cada uno para tener sus propias ideas e incluso inclinaciones políticas, no me negara que las suyas son excesivas y que, además, hace un constante y descarado exhibicionismo de ellas.
Reconozcamos que el cargo que ejerce presenta algunas dificultades, pero sostengamos también, y confío en que esté de acuerdo conmigo, que lo que no debe hacer un presidente del Tribunal Constitucional es comportarse como acólito de nadie, para lo cual se necesita muy poco: independencia. Usted sabe tan bien como yo que un magistrado sumiso al poder, sea cual sea, y desde luego, al político, es una aberración.
Un juez es esclavo sólo de la ley y esto desgraciadamente, en su caso, no es así. La independencia se defiende por un juez con unas y dientes y si hay que sucumbir en el empeño, pues se sucumbe y punto. A quién no le suena aquello de que más vale morir con honra que vivir con vilipendio.
Termino, don Cándido. Lo hago de forma distinta a como hice en la primera carta. Hoy me permito expresarle un temor.
El de que cuando concluya su mandato, lo cual, salvo que me fallen las cuentas o se dé alguna extraña circunstancia, será dentro de un año y abandone el edificio del Tribunal Constitucional, en el número 6 de la calle Domenico Scarlati, de Madrid, el recuerdo que dejará será el de un presidente entregado al Gobierno de Pedro Sánchez y que la toga que tantos años llevó le pesará demasiado por la enorme cantidad de polvo del camino acumulado.
Lamento escribirlo, pero es usted el vivo ejemplo de lo distante que se puede estar de la idea del profesor Hans Faller, que fue juez del Tribunal Constitucional Federal de Alemania, de que ese tribunal no es una instancia política y que el día que sus decisiones respondan a razones o motivos de conveniencia, ello significará la muerte de la jurisdicción constitucional.
Por eso, señor presidente del Tribunal Constitucional de España, vuelvo a preguntarle. Lo hago con los respetos debidos: ¿Cuándo acabará su sumisión al Gobierno? ¿Será así, rendido al poder, como pondrá fin a su carrera?
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