El Congreso da vía libre a que un grupo de políticos sancionen a la prensa díscola
Los medios de comunicación acreditados en el Congreso de los Diputados quedarán, a partir de ahora, a expensas de lo que puedan decidir los políticos en lo que se refiere a su regulación para cubrir la información parlamentaria
El PSOE y sus socios de investidura respaldaron este martes en el Congreso de los Diputados que un informe del Consejo Consultivo de Comunicación Parlamentaria, integrado por políticos y colectivos profesionales, pueda ser utilizado como base probatoria para sancionar a periodistas.
En la reforma del Reglamento que se aprobó en el pleno de la Cámara Baja, se ha evitado especificar, como habían recordado los letrados de la Comisión de Reglamento, que este informe en ningún caso puede ser vinculante ni obligatoria, simplemente consultivo. Las fuentes parlamentarias consultadas consideran que se tendría que haber precisado en su texto final.
Los medios de comunicación acreditados en el Congreso de los Diputados quedarán, a partir de ahora, a expensas de lo que puedan decidir los políticos en lo que se refiere a su regulación para cubrir la información parlamentaria. Los firmantes de la proposición de ley (PSOE, Sumar, Podemos, PNV, Junts, Bildu, ERC y BNG), que trata de controlar el trabajo de los periodistas, mantuvieron en su texto final la mayor parte de las atribuciones de este consejo, criticado por su politización, y que puede acarrear las medidas sancionadoras propuestas por la Mesa del Congreso.
El núcleo fundamental de la reforma del Reglamento del Congreso en lo que se refiere a los medios de comunicación es que la competencia ya no será exclusiva de la presidenta, sino que ahora pasa a la Mesa de la Cámara. A día de hoy, la mayoría de la mesa es del PSOE y Sumar, cuatro miembros y uno, frente a los cuatro del Partido Popular. Esta circunstancia convierte a este órgano político en el árbitro a la hora de regular la libertad de información en el Congreso de los Diputados.
Este Consejo Consultivo de Comunicación Parlamentaria es de nueva creación, está constituido por un miembro de cada uno de los grupos parlamentarios y contará con la presencia de entidades representativas de los colectivos profesionales en el ámbito de la información. Su funcionamiento y régimen de adopción de acuerdos estará regulado por la Mesa, que preside la socialista Francina Armengol.
Esta proposición de ley de Reforma del Reglamento incluye un régimen sancionador, que ha sido muy cuestionado por una parte de los letrados, que discrepan de que la Cámara pueda sancionar a personal ajeno al Congreso. A su juicio, el reglamento solo puede actuar sobre los parlamentarios y el personal funcionario, pero no sobre gente de fuera, en este caso los periodistas, que no forman parte del Congreso.
En el caso de las infracciones, se señala que «el procedimiento se regirá por lo establecido por la Mesa de la Cámara» y una vez iniciado, «el Consejo Consultivo de Comunicación Parlamentaria dispondrá de un plazo de quince días para la elaboración de un informe en el que podrá proponer, en su caso, la adopción de sanciones». Una vez elaborado el informe o transcurrido ese plazo, la tramitación y resolución del procedimiento corresponderá a la Mesa de la Cámara».
En el informe técnico del letrado mayor, Fernando Galindo, afín al PSOE, y de Ángeles González Escudero y Sylvia Martí Sánchez, se señala que «se trata de un órgano que, al incorporar a terceros ajenos a la Cámara, no puede ser sino consultivo, tal y como establece la propia proposición, lo que implica que, en ningún caso, dicho informe podrá ser vinculante».
En el dictamen final, posterior al informe de los letrados, no se recoge que el informe no es vinculante, señalando las fuentes parlamentarias consultadas, lo que puede ser objeto de confusión. El texto señala que, incoado un procedimiento sancionador, «se dará trámite al Consejo Consultivo de Comunicación Parlamentaria para que, en el plazo de quince días, en su caso, elabore un informe sobre los hechos o conductas sobre los que verse el procedimiento».
Una vez elaborado el informe o transcurrido el plazo de 15 días, «la tramitación y resolución del procedimiento corresponderá a la Mesa de la Cámara, que deberá designar a tal efecto a una persona para que instruya el correspondiente expediente». Contra dicha resolución cabrá recurso ante la propia Mesa.
A este órgano político, que podrá sugerir sanciones a los periodistas, se suma el hecho de que el testimonio de un jefe de prensa de un partido ser utilizado para imponer una sanción a un periodista. Los letrados de la Comisión advierten de que «la prueba en el procedimiento sancionador no puede venir determinada únicamente por el testimonio de las personas en quienes no concurra la condición de funcionario público».
En este sentido, subraya que «no podrán tratar de condicionar, de ninguna forma, la conducta de los representantes de los medios de comunicación, pues semejante condicionamiento podría afectar negativamente al contenido de la libertad de prensa». Finalmente, insiste en que «estas instrucciones deben limitarse a determinar qué periodista puede hacer uso de la palabra y en qué orden». Los letrados dicen claramente que a un jefe de prensa no se le puede exigir «la imparcialidad y objetividad, que sí se requiere de los poderes públicos».
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