El juez cita como testigos al exgerente del PSOE y a una trabajadora por los pagos en metálico a Ábalos
El TS, Leopoldo Puente, instructor del caso Koldo, ha citado a declarar como testigos el próximo 29 de octubre al ex gerente del PSOE Mariano Moreno Pavón y a una trabajadora de la Secretaría de Organización del partido, Celia Rodríguez Alonso, por los pagos en metálico que hizo el PSOE
El magistrado del Tribunal Supremo (TS) Leopoldo Puente, instructor del caso Koldo, ha citado a declarar como testigos el próximo 29 de octubre al ex gerente del PSOE Mariano Moreno Pavón y a una trabajadora de la Secretaría de Organización del partido, Celia Rodríguez Alonso, por los pagos en metálico que hizo el PSOE a José Luis Ábalos, ex ministro de Transportes, y al ex asesor de éste, Koldo García. Unos pagos que recoge la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil en su último informe, destapando la caja B del PSOE: Ferraz hizo pagos a Ábalos «sin respaldo documental».
Así lo ha acordado en una providencia dictada este lunes, en la que explica que el citado informe policial destaca «la existencia de ciertas comunicaciones relativas a posibles pagos en metálico de determinadas cantidades por parte del Partido Socialista Obrero Español en favor de don José Luis Ábalos Meco o de don Koldo García Izaguirre, que no constarían, sin embargo, por sus fechas ni por sus importes, en la información facilitada por dicho partido político en esta causa especial como pagos en metálico efectivamente realizados a ambos (más allá de algún posible descuadre, respecto de los que sí aparecen contenidos en dicha información, de mínima importancia económica)».
El juez señala que en algunos casos, las comunicaciones analizadas «permiten establecer una correlación entre los mensajes que apuntan a entregas de dinero y las liquidaciones de gastos» facilitadas por el partido político, pero, en otras ocasiones, «no se ha podido confirmar dicha correspondencia», quedando las cantidades supuestamente entregadas reflejadas solamente en las mencionadas conversaciones, pero no en la información proporcionada por el PSOE.
Asimismo, recuerda que Ábalos, el pasado día 15 de octubre, y Koldo García Izaguirre, el pasado día 16, se acogieron a su constitucional derecho a no declarar, sin que, en consecuencia, aportaran al respecto información alguna, lo que lleva a la citación de los dos testigos «a los efectos de procurar el esclarecimiento de dichos extremos y deducir, si hubiera lugar a ello, los correspondientes testimonios para su eventual investigación».
Persisten indicios de criminalidad
El magistrado acordó la semana pasada mantener a Ábalos y a Koldo en libertad, con las medidas cautelares de retirada del pasaporte, la prohibición de salida del territorio nacional y la obligación de comparecer cada 15 días ante el Juzgado.
Ábalos ha fichado para su defensa al ex fiscal de la Audiencia Nacional Carlos Bautista, tras rechazar el Supremo la renuncia a su anterior letrado por considerar que se realizaba en fraude de ley. Bautista está especializado en Derecho Penal Económico, terrorismo y extradiciones e intervino en el caso Faisán y el 11-M.
El juez Puente indicó en su último auto sobre Ábalos que «persisten indicios de criminalidad que aparecían ya seriamente consolidados en informe de la UCO de 5 de junio, y que el último informe del 3 de octubre ha incrementado su existencia y robustez, poniendo de relieve que el investigado, sin hacer uso de cantidad alguna en metálico procedente de sus cuentas bancarias durante varios años, efectuó, sin embargo, significativos ingresos en metálico en esas mismas cuentas».
Según explica el juez, se ha puesto de manifiesto la existencia de «muy estrechos vínculos entre los patrimonios de Ábalos y del también investigado Koldo García, quien según el auto ha venido asumiendo con su propio patrimonio gastos de Ábalos».
Al analizar los requisitos por los que se pueden acordar la prisión, respecto al riesgo de reiteración delictiva y el de alteración de fuentes de prueba, el juez descarta que concurran en este momento. Sin embargo, sobre el riesgo de fuga coincide con el fiscal en que concurre «riesgo, aunque no lo suficientemente intenso, de que el investigado pueda sustraerse a la acción de la Justicia».
Puente señala en el auto que «Ábalos Meco ha podido disponer de cantidades importantes de dinero opaco, tal vez en metálico, tal vez depositados en cuentas de terceros que hasta el momento no han sido halladas, así como de ciertos contactos y vínculos internacionales».
En este sentido, indica que en las actuaciones consta, por ejemplo, la existencia de aportaciones económicas, que, aparentemente en concepto de préstamo, habría realizado en beneficio de Ábalos uno de sus hijos, Víctor, sin que conste que éste haya sido devuelto. No obstante, indica que «la existencia de dicho riesgo, sin embargo, ha sido conjurada hasta el momento con las medidas cautelares que tiene vigentes».
El juez señala que el riesgo de fuga resulta creciente «conforme el conjunto de indicios de la posible comisión de graves delitos, sancionados con penas privativas de libertad muy significativas se robustece; y conforme también se aproxima la fecha de celebración del juicio oral, lo que, acaso, pudiera justificar, como sugirió el fiscal en su informe, la adopción de medidas cautelares más gravosas en lo porvenir».
El juez también apunta en el auto que «no es ajeno al natural estupor que produce que una persona, frente a la que gravitan tan consistentes indicios de la eventual comisión de muy graves delitos estrechamente relacionados además con el viciado ejercicio de la función pública, pueda mantenerse en el curso del procedimiento penal que se sigue contra él, ejerciendo a la vez las altas funciones que corresponden a un miembro del Congreso de los Diputado (entre ellas, el control de la acción del Gobierno y la aprobación de normas con rango de ley)». «Se trata, creo, de un buen motivo para la reflexión», apostilla.
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