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El Comité Europeo de Derechos Sociales condena a España por limitar la indemnización por despido improcedente

El Comité considera que los límites máximos fijados por la legislación española no son lo suficientemente elevados para reparar el daño sufrido por la víctima en todos los casos y para disuadir al empleador

Economia29/07/2024Impacto España NoticiasImpacto España Noticias
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Yolanda Díaz

"El Comité considera que los límites máximos fijados por la legislación española no son lo suficientemente elevados para reparar el daño sufrido por la víctima en todos los casos y para disuadir al empleador.

Es posible que no se tenga debidamente en cuenta el perjuicio real sufrido por el trabajador afectado en relación con las características específicas del caso, entre otras cosas porque la posibilidad de una indemnización adicional es muy limitada", señala el informe de conclusiones.

 "Por consiguiente, el Comité considera que, a la luz de todos los elementos mencionados, el derecho a una indemnización adecuada u otra reparación apropiada en el sentido del Artículo 24.b de la Carta no está suficientemente garantizado", concluye.

El CEDS responde así a la denuncia que presentó UGT en marzo de 2022 frente al organismo sobre que el despido en España no compensaba suficientemente a los trabajadores en caso de despido improcedente.

Esta resolución, que ya fue avanzada el pasado lunes por el sindicato, dio pie a Díaz, que lleva meses intentando endurecer el despido, a anunciar que convocaría al diálogo social para comenzar la reforma.

El Comité ya determinó que Finlandia, Italia y Francia, con límites al despido de un máximo de 24 meses; un límite de 12 , 24 o 36 veces la remuneración mensual; y un límite de 20 meses, respectivamente, incumplían también con la Carta Social Europea que exige una indemnización adecuada y que repare el daño al trabajador. Sin embargo, ninguno de estos países cambió su legislación.

 Cabe recordar que España topa la indemnización por despido improcedente a 33 días de salario por un máximo de 24 mensualidades. El Comité señala en su informe que la indemnización por despido improcedente debe ser adecuada y lo suficientemente alta para disuadir al empleador de futuros despidos similares.

Incentivo para despedir
El Comité considera que la indemnización predeterminada pueda servir más bien como un incentivo para que el empleador despida a los trabajadores de manera injusta.

"De hecho, en ciertos casos, los límites máximos de indemnización podrían inducir a los empleadores a realizar una estimación pragmática de la carga financiera de un despido improcedente sobre la base de un análisis de costes y beneficios. En algunas situaciones, esto podría fomentar despidos improcedentes", señala.

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Asimismo, indica que la legislación nacional también limita a los jueces las cuantías de las indemnizaciones adicionales en caso de despido improcedente. Y critica que, por lo general, los jueces rechazan las solicitudes de indemnización adicional. "Parece que la indemnización adicional sólo se concedió en un caso y parece que la práctica no ha sido ampliamente seguida por otros tribunales nacionales", añade el informe.

  De momento, varios Tribunales Superiores de Justicia españoles han señalado en sus sentencias que las resoluciones del Comité no crean jurisprudencia, aunque sí consideran que España debe cumplir con la Carta Social Europea porque la suscribió de forma íntegra en 2021 y un tratado internacional está por encima de la norma nacional.

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