Alvise incumple la ley al no presentar cuentas de las elecciones europeas y se le denegará la subvención

La agrupación de electores "Se Acabó la Fiesta" (SALF), liderada por Alvise Pérez, no presentó ningún tipo de documentación financiera al Tribunal de Cuentas dentro del plazo establecido

Politica27 de junio de 2025Impacto España NoticiasImpacto España Noticias
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Alvise Pérez

Tras las elecciones al Parlamento Europeo celebradas el año pasado, nueve formaciones políticas lograron obtener representación en la Eurocámara. De acuerdo con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), todas ellas estaban obligadas a presentar, en el plazo de entre 100 y 125 días posteriores a los comicios, una contabilidad detallada y debidamente documentada de sus ingresos y gastos electorales.

Este requisito tiene como objetivo asegurar la transparencia financiera del proceso electoral y garantizar que todas las candidaturas hayan respetado los límites legales de financiación, gasto y uso de recursos. Ocho de estas formaciones cumplieron con la obligación: los principales partidos nacionales (PP, PSOE, Vox, Sumar, Podemos), junto con las alianzas encabezadas por Esquerra Republicana de Catalunya (ERC), Junts per Catalunya y el Partido Nacionalista Vasco (PNV).

Sin embargo, la agrupación de electores "Se Acabó la Fiesta" (SALF), liderada por Alvise Pérez, no presentó ningún tipo de documentación financiera al Tribunal de Cuentas dentro del plazo establecido.

 La obligación legal incumplida
El artículo 133 LOREG es claro en su redacción: las formaciones que obtengan representación están obligadas a presentar una contabilidad electoral completa, respaldada por facturas, justificantes y documentos acreditativos, que refleje todas las fuentes de financiación y los gastos realizados durante la campaña electoral. Esta documentación es analizada por el Tribunal de Cuentas, el órgano encargado de fiscalizar la legalidad y transparencia del gasto electoral.

El incumplimiento de esta obligación no solo vulnera la ley, sino que impide al Tribunal de Cuentas ejercer su función de control. En el caso de SALF, la ausencia total de documentación hace imposible determinar:

Si la campaña electoral respetó los límites de gasto establecidos por ley.
Si recibió donaciones ilegales o procedentes de fuentes prohibidas (como entidades extranjeras, personas jurídicas o donantes anónimos).
Si incurrió en irregularidades que podrían dar lugar a sanciones económicas o incluso penales.

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Sin contabilidad, sin subvención
Frente a este escenario, el Tribunal de Cuentas puede comunicar al Ministerio del Interior que la agrupación no ha cumplido con las obligaciones legales, y que, por tanto, no procede el abono de ninguna subvención pública correspondiente a su resultado electoral.

De haberse presentado correctamente la contabilidad, SALF tendría derecho a:

97.526,22 euros por la obtención de tres escaños en el Parlamento Europeo.
Más de 864.000 euros en subvención por la cantidad de votos recibidos a nivel nacional.
La cifra total superaría ampliamente el millón de euros en subvenciones públicas, que ahora podrían ser retenidas o denegadas en su totalidad debido al incumplimiento legal.

 Opacidad y dudas sobre la financiación
El caso ha generado una notable controversia, ya que SALF, que en su origen se presentó como agrupación de electores, se ha constituido posteriormente como partido político. Sin embargo, esta conversión no exime de responsabilidades sobre su actuación durante el proceso electoral como agrupación.

La falta de transparencia financiera alimenta interrogantes legítimos sobre el origen de los fondos empleados en su campaña, que se caracterizó por un alto nivel de visibilidad, movilización en redes sociales y actos masivos. Al no haber rendición de cuentas, no se puede saber si:

Se recurrió a fuentes de financiación no permitidas por la legislación española.
Se canalizaron fondos mediante donaciones irregulares o no declaradas.
Se superaron los techos de gasto electoral, lo que supondría una infracción grave.
 
 El precedente que marca este caso
La actuación del Tribunal de Cuentas frente a SALF puede sentar un precedente relevante sobre la rendición de cuentas en agrupaciones electorales que logran representación institucional, especialmente cuando después se transforman en partidos políticos. La ley establece la obligación de presentar cuentas, independientemente del estatus jurídico posterior del grupo.

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Además, este caso pone en evidencia una posible brecha en los mecanismos de control: si una candidatura no entrega documentación, el sistema actual se ve limitado para actuar con eficacia sin incurrir en procesos judiciales más complejos.

 Más allá del procedimiento administrativo, este caso reabre un debate más profundo: el de la transparencia, la rendición de cuentas y la equidad electoral. El sistema democrático español basa buena parte de su legitimidad en el control público del dinero en política, y la obligación de rendir cuentas no es una mera formalidad: es una garantía de integridad ante la ciudadanía.

La negativa o incapacidad de SALF para presentar su contabilidad no solo puede dejarles fuera del reparto económico electoral, sino que debilita la confianza institucional en una de las fuerzas políticas emergentes que más atención ha generado en los últimos meses.

 El incumplimiento por parte de "Se Acabó la Fiesta" de su obligación legal de presentar su contabilidad electoral representa una grave anomalía democrática. Impide al Tribunal de Cuentas ejercer su función fiscalizadora, bloquea el acceso a más de un millón de euros en subvenciones públicas y deja sin respuesta las dudas sobre la legalidad de su financiación.

En un contexto de creciente polarización y aparición de nuevos actores políticos, el respeto a las reglas del juego democrático es más importante que nunca. Transparencia, legalidad y rendición de cuentas no son opcionales: son los pilares sobre los que se construye una democracia real y duradera.

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