La Seguridad Social lo confirma: pagará el Ingreso Mínimo Vital a mayores de 30 años que vivan solos y cumplan estos dos requisitos

Además de este requisito, y el de acreditar la residencia legal y efectiva en España en el último año, también se deben cumplir otros como la necesidad de demostrar de encontrarse en una situación de vulnerabilidad económica, presentando el patrimonio neto, los activos no societarios

Economia07 de febrero de 2026Impacto España NoticiasImpacto España Noticias
OIF
Elma Saiz

El Ingreso Mínimo Vital (IMV), que beneficia a 800.000 hogares y 2,4 millones de personas, se ha incrementado un 11,4% desde el pasado 1 de enero, de modo que la ayuda subirá hasta los 540 euros mensuales por hogar para este año.

Más de dos tercios de los hogares beneficiados incluyen menores, y un 40,8 % de los perceptores son niños. Una ayuda destinada a personas y hogares en situación de vulnerabilidad económica, y que carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas.

  Entre los posibles perceptores del IMV, destacan las personas de entre 23 y 65 años con residencia legal y continuada de, la menos, un año en España. Entre ellos, se encuentran las personas de 30 años o más, que deberán cumplir un requisito para poder percibir la ayuda.

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Para ello, deberán acreditar que, en el año inmediatamente anterior a la solicitud del IMV, viven solos en un domicilio distinto al de sus progenitores, tutores o acogedores. En cambio, las personas de entre 23 y 29 años deberán haber vivido de forma independiente durante, al menos, los dos años anteriores a la solicitud de la ayuda.

Otros requisitos
Además de este requisito, y el de acreditar la residencia legal y efectiva en España en el último año, también se deben cumplir otros como la necesidad de demostrar de encontrarse en una situación de vulnerabilidad económica, presentando el patrimonio neto, los activos no societarios y el nivel de ingresos y rentas. La unidad de convivencia deberá estar formada, al menos, desde hace seis meses.

 El pago de la ayuda será mensual, y se efectúa por transferencia bancaria a una cuenta de la persona titular de la prestación. Además, cabe destacar que el Ingreso Mínimo Vital, ayuda creada como principal red de protección social frente a la pobreza extrema, es intransferible

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