Peinado rechaza el recurso de Begoña Gómez evocando la huida del socialista Craxi

Este 7 de julio de 2026 han presentado un recurso de reforma contra esa autorización, alegando que vulnera el principio de igualdad ante la ley del artículo 14 de la Constitución Española
08 de julio de 2026Impacto España NoticiasImpacto España Noticias

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El magistrado Juan Carlos Peinado ha rechazado el recurso de queja presentado por Begoña Gómez contra el auto de 20 de junio de 2026 que abrió juicio oral y mantuvo, entre otras cautelares, la retirada de su pasaporte, dentro de la causa por corrupción en el sector privado, tráfico de influencias, malversación y apropiación indebida. Recuerda expresamente un antecedente histórico: no sería la primera vez que un jefe de Gobierno europeo huye ante la justicia, en alusión al caso de un ex presidente italiano fugado a Túnez –Bettino Craxi– pese a contar con escolta oficial.

El 29 de abril de 1993, el Parlamento italiano denegó el suplicatorio para que el líder socialista, Bettino Craxi, pudiera ser juzgado por la financiación ilegal de su partido. Al día siguiente, una multitud esperó su salida en el hotel de la piazza Navona donde se hospedaba. Entre gritos de «¡ladrón!», los italianos concentrados le arrojaron monedas. Las imágenes dieron la vuelta al mundo.

Su caída llevó a la disolución del Partido Socialista un año después, tras quedarse sin votantes –llegó al poder sólo con el 11,4% de los votos–. Por ejemplo en Milán pasó del 20% al 2% de los votos. Craxi escapó a Túnez para evitar la cárcel. Murió como un fugitivo.

Por otra parte, Peinado también cita investigaciones abiertas en la Audiencia Nacional contra miembros de la Policía Nacional, entre ellos responsables del aeropuerto de Madrid-Barajas, que han terminado en condena, como argumento de que ningún cuerpo de seguridad está exento de conductas irregulares individuales, razón por la que sigue existiendo la Unidad de Asuntos Internos.

En todo caso el juez dice que en su auto original, que ha llegado al CGPJ, sólo planteó una hipótesis sobre el comportamiento de los agentes: «en un momento determinado pueden, no se dice que sea probable o previsible, siendo una mera hipótesis». El magistrado ha insistido en que jamás quiso poner en duda la «profesionalidad ejemplar» del colectivo policial.

Begoña Gómez seguirá sin pasaporte

El instructor ha subrayado en esta resolución consultada que la defensa de la esposa de Sánchez en su escrito «no dice que ese riesgo de fuga no exista per se». Argumentaba que la investigada está escoltada permanentemente por el Cuerpo Nacional de Policía.

El informe de Peinado para la Audiencia Provincial, fechado el 30 de junio en Madrid pero que transciende ahora, se reafirma «y reitera el contenido de dicho auto recurrido», desestimando así las pretensiones de la esposa presidencial.

La defensa de Begoña Gómez, que ejerce el ex ministro socialista Antonio Camacho, sostuvo que la escolta policial permanente hacía «inexistente la posibilidad material de la fuga». El juez ha replicado que la función de esos agentes «es la de proteger frente a terceros de posibles ataques a su integridad física y no evitar los movimientos o desplazamientos que estime conveniente» la propia investigada.

Peinado ha calificado de «innecesariamente prolija» la exposición de argumentos del recurso y ha invocado el principio jurídico del «Iura novit curia» para recordar que no corresponde a las partes instruir al tribunal sobre los criterios de adopción de medidas cautelares.

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Recurso contra el viaje a Londres

El pulso judicial no termina ahí. La Acusación Popular Unificada, integrada por HazteOir.org, Iustitia Europa, Vox, el sindicato Manos Limpias y otras entidades, ha reaccionado de inmediato al auto del juez sustituto Antonio Viejo que autoriza a Begoña Gómez el viaje personal por una graduación de su hija a Londres.

Este 7 de julio de 2026 han presentado un recurso de reforma contra esa autorización, alegando que vulnera el principio de igualdad ante la ley del artículo 14 de la Constitución Española. Aunque no logrará frenar ya el viaje quieren que no sea un precedente para que Begoña Gómez acuda ahora a cualquier evento personal en el extranjero.

Los recurrentes recuerdan que el mismo auto denegó un desplazamiento a Ankara por considerar que Turquía «no pertenece al espacio de libertad, seguridad y justicia de la Unión Europea», mientras que aplicó «un criterio radicalmente distinto para Londres», país que tras el Brexit tampoco forma parte de ese espacio comunitario.

La acusación popular sostiene que el verdadero elemento diferenciador, «no explicitado en el auto pero notorio», es la condición de la investigada como esposa del presidente del Gobierno, circunstancia que el artículo 14 de la Constitución prohíbe expresamente utilizar como factor de trato desigual.

El escrito invoca varias sentencias del Tribunal Constitucional, entre ellas una de 1981, que establece que un mismo órgano judicial «no puede modificar arbitrariamente el sentido de sus decisiones en casos sustancialmente iguales», y otra que recuerda que las medidas cautelares personales «se justifican constitucionalmente en tanto que sean necesarias y proporcionadas» para evitar el riesgo de fuga.

Los recurrentes también alegan que no ha existido ningún «atemperamiento» —es decir, ninguna moderación ni cambio sustancial— de las circunstancias que motivaron la imposición de las cautelares el pasado mes de junio, por lo que consideran improcedente cualquier suspensión, aunque sea temporal, de la retirada de pasaporte.

Mientras el juez resuelve ahora el nuevo recurso de reforma sobre el viaje a Londres, queda una certeza compartida por ambas partes en litigio: en esta causa, hasta un billete de avión de ida y vuelta puede convertirse en materia de debate constitucional.

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