
El sinvergüenza de Sánchez exculpa a Marruecos de la invasión de Ceuta y se la endosa al Supremo
Impacto España Noticias
Pedro Sánchez, ha responsabilizado este viernes a las mafias y al Tribunal Supremo de la avalancha masiva de inmigrantes irregulares en Ceuta, donde se han producido más de 60.000 entradas procedentes de Marruecos, según el presidente de Ceuta, Juan Jesús Vivas.
El jefe del Ejecutivo, que estuvo recientemente en Argelia y que ha sacado a Marruecos de la ecuación en todo momento, se ha referido a una reciente sentencia del Tribunal Supremo que prohíbe las llamadas devoluciones en caliente de los inmigrantes que llegan a nado a las ciudades autónomas.
En declaraciones a los medios en el Palacio de la Asamblea de Ceuta, Sánchez ha señalado que «lo que ha sucedido, efectivamente, ha sido una violación de la integridad territorial de España, de las fronteras de una ciudad española como es la ciudad de Ceuta», pero no se contradice al no declarar estado de emergencia.


Sin embargo, aquí ha evitado realizar la más mínima crítica al régimen de Mohamed VI. De hecho, ha manifestado que «de las interlocuciones que hemos tenido con las autoridades marroquíes, lo que subyace es la lectura interesada que las mafias que trafican con seres humanos han hecho de una sentencia del Tribunal Supremo», ha manifestado.
«Esta es la situación, parece que esta es la lectura de la sentencia del Tribunal Supremo que ha corrido como la pólvora en las últimas horas por las redes de mafias que trafican con seres humanos y ha producido una avalancha de las características y de la dimensión que vivimos en el día de ayer», ha sostenido Sánchez.
Colocación de boyas
Para dar cumplimiento a esa sentencia del Tribunal Supremo, el inquilino de la Moncloa ha anunciado la colocación de boyas en el mar de la playa del Tarajal, haciendo frontera entre Ceuta y Marruecos, para poder llevar a cabo con garantías la expulsión de los inmigrantes que lleguen a nado en el futuro.
La citada sentencia del Supremo, que se conoció a principios de mes, interpreta que la disposición adicional décima de la Ley de Extranjería, de 2015, no permite aplicar el rechazo en frontera a los inmigrantes interceptados en alta mar. En ese caso, se les debe aplicar una devolución ordinaria y, por tanto, mucho más lenta.
En concreto, la disposición adicional décima establece un «régimen especial» de Ceuta y Melilla, por el cual «los extranjeros que sean detectados en la línea fronteriza de la demarcación territorial de Ceuta o Melilla mientras intentan superar los elementos de contención fronterizos para cruzar irregularmente la frontera podrán ser rechazados a fin de impedir su entrada ilegal en España».
«Elementos de contención»
El Supremo interpreta que no todos los extranjeros que intentan cruzar irregularmente la frontera pueden ser devueltos, «sólo aquellos que intentan hacerlo superando los elementos de contención fronterizos establecidos, como las vallas».
El Alto Tribunal destaca que «no cabe equiparar tales elementos de contención con los dispositivos tecnológicos de control fronterizo -como drones, cámaras térmicas o sensores- que, en principio (y salvo que se demuestre lo contrario), no cumplen una función material de contención, sino de vigilancia, detección y alerta, permitiendo detectar la presencia de personas, pero no impedir físicamente el cruce de la línea fronteriza, ni retener a quienes lo intentan».
Y añade que «nada impediría que, de establecerse elementos de contención en el mar para proteger la línea fronteriza, pudiera ser de aplicación la referida disposición adicional décima a quienes pretendieran cruzar irregularmente la frontera superando esos elementos de contención marítimos».
Esta decisión del Supremo llegó en respuesta al caso de un inmigrante procedente de Argelia que recurrió su devolución tras ser interceptado en noviembre de 2024 cuando intentaba entrar a nado en Ceuta junto a otras dos personas.
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