Delegado del Gobierno en Euskadi defiende que a los presos de ETA se les aplique política ordinaria
"Quien no quiera ver que en los últimos años se han producido cambios muy significativos... hay que estar ciego para no verlo", afirma
El delegado del Gobierno en el País Vasco, Denis Itxaso, ha asegurado que a los presos de ETA ya se les aplica la política penitenciaria ordinaria desde que la banda abandonó la actividad terrorista.
"Quien no quiera ver que durante los últimos años se han producido cambios muy significativos... hay que estar ciego para no verlo", ha añadido.
En declaraciones a Radio Euskadi, Itxaso se ha referido, entre otras cuestiones, a la manifestación desarrollada este sábado en Bilbao por Sare en apoyo a los presos de ETA y por la aplicación de la legislación penitencia ordinaria.
En este sentido, Itxaso ha defendido que esto es lo que se está produciendo desde hace tiempo ya que, una vez que terminó la actividad terrorista, se dejó de aplicar la política antiterrorista y se aplica "la legalidad ordinaria en el campo penitenciario".
Así, ha subrayado que eso es lo que ha permitido que la política de dispersión haya finalizado y se haya producido un acercamiento tanto a cárceles del País Vasco como a cárceles "aledañas". "Eso es lo que ha sucedido como consecuencia de la aplicación ordinaria de la legalidad penitenciaria vigente", ha insistido.
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No obstante, ha advertido que, tanto cuando la competencia estaba en manos del Gobierno central como ahora que está en manos del Gobierno Vasco, la legalidad penitencia establece que cuando se aplica un avance de grado esté sujeto "no solamente a los informes de la junta de tratamiento de las cárceles, sino que luego hay una vigilancia legal o judicial".
"ELEMENTOS SUBJETIVOS"
Además, Itxaso ha reconocido que hay elementos que son "subjetivos" de tal modo que "incluso en la justicia cuando se dirimen o se toman decisiones se evalúan elementos que son subjetivos".
"Si un reo ha dado determinados pasos que puedan recomendar un avance de grado y así lo recomienda una junta de tratamiento, luego el criterio del juez de vigilancia o de la Fiscalía o de la Audiencia Nacional puede no coincidir con ese criterio; ahí hay elementos subjetivos. ¿Ha habido un acto de contrición? ¿Ha habido realmente un reconocimiento del daño causado? ¿Ha habido pasos? Pues en algunos casos sí y en otros no", ha planteado.
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