El Constitucional de Sanchez revoca la condena de Chaves y se dispone a rematar la exoneración de los ERE

Cándido Conde-Pumpido, además, ha desechado la petición del PP de apartar del tribunal a la vicepresidenta Inmaculada Montalbán y a la magistrada Mª Luisa Balaguer por su relación con los condenados

Manuel Chaves

El Tribunal Constitucional aborda esta semana las últimas revisiones de los 'ERE' y este martes ha perdonado la condena del expresidente de la Junta de Andalucía Manuel Chaves a nueve años de inhabilitación por un delito de prevaricación.

Al inicio del pleno, el órgano que dirige Cándido Conde-Pumpido, además, ha desechado la petición del PP de apartar del tribunal a la vicepresidenta Inmaculada Montalbán y a la magistrada Mª Luisa Balaguer por su relación con los condenados.

En la sesión de hoy no hay sorpresas, toda vez el Constitucional está rematando lo que viene sentenciando desde dos semanas de plenos atrás. Las ponencias del tema de los 'ERE' han recaído en la magistrada Inmaculada Montalbán que, en la mayoría de casos, ha planteado anular la sentencia y ordenar a la Audiencia Provincial de Sevilla que dictara una nueva recortando o anulando los delitos de prevaricación y malversación. Todas ellas han salido por siete votos de los progresistas a favor y cuatro de los conservadores en contra.

De momento, las sentencias del tribunal de garantías han supuesto la libertad de tres ex altos cargos de la Junta de Andalucía: la exconsejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo --que ya gozaba del tercer grado penitenciario--, el exconsejero de Innovación Francisco Vallejo y el exdirector del IFA/IDEA Miguel Ángel Serrano Aguilar.

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 El borrador de la sentencia sobre Chaves proponía anular su condena igualmente y dictar una nueva que se limite a la posible prevaricación cometida entre 2000 y 2001. El borrado del delito se basa en el argumento de los magistrados que sostienen que los políticos obedecieron una ley que estaba avalada por el Parlamento de Andalucía y esto no puede supone un ilícito penal.

Para los magistrados lo que ocurrió desde 2002 hasta 2009 estaba amparado por la Ley de Presupuestos y esto supuso un paraguas legal por el que, a pesar de que se repartieron ayudas económicas sin ningún tipo de control, no puede suponer un delito achacable a los miembros de la Junta. Sin embargo, el Constitucional no llega a pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma (de la Ley de Presupuestos), que fue lo que el Supremo consideró ilegal. Dicen que como nunca se recurrió al tribunal de garantías, presume su legalidad.

 Está previsto que esta semana se siga abordando los casos del exdirector general de Trabajo de la Junta Juan Márquez Contreras; el exvicepresidente y exconsejero de Presidencia de Andalucía Gaspar Zarrías Arévalo; y el exviceconsejero de Presidencia y exdirector general de Presupuestos de la Junta de Andalucía Antonio Vicente Lozano Peña. Y, por supuesto, se remate la jugada con el expresidente José Antonio Griñán,

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