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Dicho diagnóstico inicial se realizó sin una exploración física de la zona referida, sin la realización de ninguna otra prueba diagnóstica que pudiese determinar el alcance o gravedad de la lesión
Noticias13 de agosto de 2024En fecha 21 de enero de 2024, M.A.D sufrió accidente no laboral, que le provocó una lesión
diagnosticada por los facultativos especialistas del Servicio Andaluz de Salud del Centro Salud
San Jerónimo (Sevilla) como dolor en la región lumbar. Dicho diagnóstico inicial se realizó sin una
exploración física de la zona referida, sin la realización de ninguna otra prueba diagnóstica que
pudiese determinar el alcance o gravedad de la lesión, o sin siquiera derivarlo a otro Centro
Hospitalario con capacidad para realizar pruebas adicionales.
Dado el agravamiento de la lesión (aumento del dolor, ineficacia del tratamiento prescrito,
imposibilidad de movimiento) se ve obligado a acudir (casi dos meses después) al servicio de
Urgencias del Hospital Universitario Virgen de la Macarena, en fecha 11 de marzo de 2024. En
dicha visita, se realizan pruebas complementarias junto al examen físico, correspondientes:
solicitud de TAC de la columna, TC sin contraste de la columna lumbosacra, así como radiografía
de la vértebra L5. Tras el resultado de las pruebas se puede apreciar por parte de los facultativos
una lesión consistente en FRACTURA-APLASTAMIENTO DE LA VÉRTEBRA L5, con pérdida de
altura del cuerpo vertebral de aproximadamente un 40-50%, con desplazamiento de
fragmento óseo hacia el canal medular.
Pero esta no es sola la defectuosa asistencia sanitaria que ha recibido M.A.D. porque a lo anterior
hay que añadirle que un mes después del diagnostico de la fractura de la vertebra se solicita
“solicitud urgente” de resonancia magnética con contraste, sin haber recibido cita hasta la fecha
para la misma ni tampoco para establecer las sesiones necesarias de rehabilitación después de
una fractura de gravedad, fractura ya agravada por el diagnóstico con dos meses de retraso.
A todas luces, esta actuación por parte del Servicio Andaluz de Salud sobrepasa el concepto de
“eficiencia sanitaria”, mostrando una indiferencia absoluta con respecto a la situación del paciente,
y, condenándolo a una vida lastrada por graves secuelas físicas.
M.A.D se encuentra, a día de hoy, en estado de Incapacidad Temporal de larga duración, al estar
imposibilitado para realizar cualquier tarea física, inherentes a su profesión.
La documentación del expediente médico y antecedentes del caso se pusieron en manos del
Bufete SIRES ABOGADOS y tras el estudio se ha podido concluir que “el sistema sanitario no ha
puesto a disposición del paciente todos los medios (nada sofisticados o costosos por cierto) que
el estado de la ciencia permite y de los que dispone el sistema sanitario público sin duda para
establecer el mejor diagnóstico", por lo que se ha presentado DEMANDA DE RESPONSABILIDAD
PATRIMONIAL CONTRA EL SAS por la existencia de un error de diagnóstico inicial, solicitando un
indemnización económica de (81.103,32 €), la cual deberá ser objeto de actualización,
devengando el interés legal desde la fecha de la reclamación hasta el día en el que se dicte la
pertinente sentencia
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