
La Audiencia de Madrid ve malversación en el 'caso Begoña Gómez'
"El nombramiento de la asistente de la esposa del Presidente de Gobierno, haya recaído en una amiga íntima de Begoña Gómez"
Del mismo modo, rechaza de momento la imputación del presidente de la Confederación Hidrográfica, Miguel Polo; del director general de Emergencia, Alberto Javier Martín; tampoco cita a Jorge Suárez Torres, subdirector de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias
Investigacion Judicial10 de marzo de 2025
Impacto España Noticias
La jueza que instruye la causa por el fallecimiento de de 224 personas y la desaparición de otras tres por el episodio de dana y posterior barrancada del pasado 29 de octubre ha citado a declarar en condición de investigado a la exconsellera de Interior, Salomé Pradas y al ex secretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso.
La jueza enumera el nombre de los 224 muertos y concreta en el caso de 31 de ellos que murieron por la tardanza en enviar el mensaje del Es Alert así como por lo erróneo del contenido del mismo.
Del mismo modo, rechaza de momento la imputación del presidente de la Confederación Hidrográfica, Miguel Polo; del director general de Emergencia, Alberto Javier Martín; tampoco cita a Jorge Suárez Torres, subdirector de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias; ni a Inmaculada Piles Alepuz, en su condición de jefa del Servicio de Emergencias de la Comunidad Valenciana.
Recuerda la jueza que las competencias de Protección Civil son exclusivamente autonómicas en virtud del Estatuto de Autonomía. Y señala que "como se ha expresado en reiteradas ocasiones por esta juez de instrucción el aviso a las 20:11 horas, fue tardío y erróneo. Se remitió un mensaje de móvil a la población en el que como medida preventiva se indicaba que se debía evitar cualquier tipo de desplazamiento en la provincia de Valencia".
La jueza considera que "la Dana no fue un fenómeno meteorológico imprevisto, su avance y desarrollo ya fue anunciado por la AEMET, hasta el punto de que la Universitat de València, acordó la suspensión completa de sus actividades, medida que afectó afortunadamente a cerca de 50.000 personas, entre estudiantes, trabajadores y profesorado".
Según el auto de su señoría "las previsiones meteorológicas debieron llevar a una convocatoria en la mañana del 29 de octubre de 2024 del Cecopi, al objeto cuanto menos de avisar a la población". Hace hincapié en que "en las previsiones meteorológicas, expresadas por todos los medios y aportadas al procedimiento, cobra especial transcendencia las que se llevaron a cabo por Apunt, pero no solo en los días previos, sino el mismo día.
Ello es así no solo por su extensión, sino porque Apunt se convirtió en canal preferente al objeto de transmitir la información oficial a los valencianos sobre la alerta. Carecería de sentido que lo que se calificó como canal de información para avisos, no fuera visto en sus previsiones meteorológicas por los propios responsables de emergencias. Así lo expresaba el mensaje:
La jueza repasa toda la información que estuvo dando la cadena autonómica ese día y destaca que "la información que dio L’Oratge tras el informativo del mediodía, establecía de forma gráfica la evolución de la Dana cuando se acercaba el punto álgido en su gravedad y resultado mortal".
Señala la jueza que "constituye un saber común las repercusiones mortales que han revestido las inundaciones en la Comunidad Valenciana. Las más graves fueron la riada de 1957 y la pantanada de Tous.
Correspondía a las autoridades autonómicas alertar a la población, acordar las medidas pertinentes en el ámbito de protección civil, garantizar y minimizar las consecuencias de los efectos de unas precipitaciones que desbordaron ríos y barrancos, pusieron al límite las presas, y que produjeron una sucesión trágica de fallecimientos".
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