NO NOS REPRESENTAN por fraude electoral legislativo

Actualmente, españoles por el futuro, Escaños en Blanco y las dos asociaciones especializadas en transparencia electoral, están trabajando para eliminar este fraude electoral legislativo y el fraude de la Administración Electoral

Opinion 16 de marzo de 2025 Javier Marzal
OIP
Fraude electoral

A pesar de la abundante desinformación sobre el fraude electoral, varios fraudes electorales están documentados en la Junta Electoral Central (JEC) que está compuesta por 8 magistrados del Tribunal Supremo y 5 profesores universitarios.

Pero existe otro fraude electoral desde el año fatídico para la democracia de 1985.

Nunca vota el 11% de los electores que se abstuvieron de votar en las Elecciones Generales de 2023, según el Barómetro postelectoral de septiembre de 2023 del CIS. Dado que la abstención en las Elecciones Generales de 2023 fue de un 30,98% del electorado, el 3,4% del electorado nunca vota, variando por los cambios en el censo electoral lógicos derivados de electores que alcanzan la mayoría de edad, fallecen u otras causas.

El resto de los abstencionistas suponía un 27,58% en 2023 que es una cantidad muy superior al 22.82% de votos del partido Popular que ganó las elecciones. Si se hubiera presentado una candidatura política progresista, es decir, que mejorara la vida de la mayoría, habría ganado las elecciones.

Estos hechos e inferencias cuestionan la legitimidad de las leyes electorales, parlamentos, gobiernos elegidos por éstos y de la propia democracia, que está relacionada con la pérdida de confianza en las instituciones y con la decadencia documentada en www-decadencia.es.

La democracia española es un fraude que hace que los españoles vivan cada día peor, como ya se dijo en el Informe Petras, publicado en 1995 y en el informe PROYECTO EUROPA 2030. Retos y oportunidades, realizado por el Grupo de Reflexión sobre el futuro de la UE en 2010 para el Consejo Europeo, donde se dice que:

“Por primera vez en la historia reciente de Europa, se ha extendido el temor de que los niños de hoy vayan a disfrutar un nivel de vida inferior al de la generación de sus padres”.

El artículo 68.3 de la Constitución establece la “representación proporcional” electoral que queda recogida como principio en el Preámbulo de la Ley 1/1987, de 31 de marzo, Electoral Valenciana; sin embargo, el voto en blanco no queda representado en las elecciones.

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El artículo sesenta y seis de la Ley Electoral General (LOREG) establece la “Garantía de pluralismo político y social”; por tanto, los parlamentos no sólo deben representar el pluralismo político que ya se hace, sino también el pluralismo social que no se hace y que debe incluir al voto en blanco.

Debe relacionarse este pluralismo social con la pluralidad de opiniones como garantía de la libre formación de la opinión pública, incluyendo a la disidencia, establecida en la Sentencia del Tribunal Constitucional 51/2007 de 12 de marzo.

Los parlamentos deben reflejar el pluralismo social y la pluralidad de opiniones para no actuar al margen de la sociedad.

Actualmente, españoles por el futuro, Escaños en Blanco y las dos asociaciones especializadas en transparencia electoral, están trabajando para eliminar este fraude electoral legislativo y el fraude de la Administración Electoral.

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