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El tribunal ha confirmado que la libertad de expresión, incluso en el seno de las fuerzas de seguridad del Estado, no puede ser anulada por el simple hecho de llevar uniforme
Noticias24 de julio de 2025
Impacto España Noticias
La Audiencia Nacional ha zanjado el caso contra el agente de Policía Nacional y portavoz de VOX en materia migratoria, Samuel Vázquez, concluyendo que ejercer la crítica pública en redes sociales no justifica una sanción disciplinaria automática. El tribunal ha confirmado que la libertad de expresión, incluso en el seno de las fuerzas de seguridad del Estado, no puede ser anulada por el simple hecho de llevar uniforme.
La resolución llega después de que el Ministerio del Interior suspendiera al agente durante un mes, alegando que sus comentarios en Twitter (X) constituían una «grave desconsideración» hacia sus superiores y dañaban la imagen del cuerpo. Sin embargo, la Sección Quinta de lo Contencioso-Administrativo ha ratificado la sentencia anterior que anulaba dicha sanción, dejando claro que disentir públicamente no equivale a insubordinación.
Vázquez, quien venía denunciando desde hace años prácticas que considera clientelares dentro de la Policía, fue sancionado tras publicar en marzo de 2023 dos mensajes en X (antes Twitter), en los que criticaba con dureza al entonces director general de la Policía, Francisco Pardo, y por extensión al secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez, y al ministro Fernando Grande-Marlaska, de quienes dependía jerárquicamente.
Uno de los tuits rezaba: «El DG de la @policia acaba de firmar mi expediente disciplinario con pérdida de empleo y sueldo. Ha tocado el pan de mis hijos, así que ya no pararé hasta verle sentado en un banquillo. Este viernes seguiré luchando por acabar con este sistema de cortijos y caciques». En el segundo mensaje, Vázquez cuestionaba la falta de preparación técnica de los altos mandos: «Ningún conocimiento en ciencia policial o criminología. Cero experiencia operativa en la materia. Mientras ellos protegen estructuras de poder y discursos políticos, los barrios se vencen y las ciudades se rinden».
Las autoridades interpretaron estas publicaciones como un atentado contra la jerarquía y la imagen del cuerpo. Se le acusó formalmente de vulnerar el artículo 8.a) de la Ley Orgánica 4/2010 de Régimen Disciplinario de la Policía Nacional, por su supuesta actitud irrespetuosa hacia sus superiores. El castigo fue dictado el 19 de febrero de 2024.
Pero tanto el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 2, como ahora la Sala superior en apelación, discrepan de esa interpretación. El magistrado Luis Alfredo de Diego y Díez ya había concluido en primera instancia que en este caso el principio de libertad de expresión debía prevalecer. Y ahora, los jueces Alicia Sánchez Cordero, Margarita Pazos Pita (ponente), Eduardo Hinojosa Martínez y Enrique Gabaldón Codesido han coincidido en que no se vulneró el régimen disciplinario de forma punible.
Desde el despacho Matilla & Pastrana Asociados, que ha defendido al agente a través del abogado Diego Fernández López, denuncian que existe una campaña continuada de represalias contra Vázquez debido a su insistencia en modernizar y despolitizar la estructura policial. Según explican, sus críticas no tienen carácter personal, sino que se dirigen a una transformación estructural en beneficio del servicio público.
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