
El Tribunal Constitucional al servicio del Gobierno
El Constitucional se ha convertido en el brazo jurídico de Sánchez. Le da la razón en siete de cada diez asuntos con Pumpido al frente. Y siempre en los asuntos de gran calado
En sendos reales decretos, firmados por la presidenta del Congreso, Francina Armengol, el diario oficial recoge las dos modificaciones del reglamento aprobadas en el pleno del pasado 22 de julio con el voto en contra de PP, Vox y Unión del Pueblo Navarro (UPN), y que fueron impulsadas por el PSOE y sus socios
Nacional31 de julio de 2025En sendos reales decretos, firmados por la presidenta del Congreso, Francina Armengol, el diario oficial recoge las dos modificaciones del reglamento aprobadas en el pleno del pasado 22 de julio con el voto en contra de PP, Vox y Unión del Pueblo Navarro (UPN), y que fueron impulsadas por el PSOE y sus socios.
En la primera de las reformas se reescribe en lenguaje no sexista las normas de la Cámara eliminando el masculino genérico e incluyendo menciones expresas a las diputadas, las presidentas de distintos órganos o las candidatas a determinados puestos. Además, se despoja al Congreso de la coletilla de 'de los diputados' que, no obstante, seguirá siendo su nombre oficial, pues así consta en la Constitución.
"El lenguaje sexista es una fuente para perpetuar estereotipos y desigualdades de género, por lo que utilizar fórmulas inclusivas en el Reglamento del Congreso refuerza los principios constitucionales ya mencionados del artículo 14 de la Constitución", se esgrime en la reforma, defendiendo que en el camino a una "sociedad más justa e igualitaria" los órganos constitucionales "deben ser grandes ejemplos a seguir".
SANCIONES A 'PSEUDOPERIODISTAS'
La otra reforma plantea sanciones a periodistas acreditados que obstaculicen la labor parlamentaria y de la prensa en la institución, tras la petición al Congreso de diferentes colectivos de periodistas para adoptar "las medidas necesarias", sin que ello conlleve "limitar, restringir o menoscabar el derecho de los medios de comunicación de obtener y difundir información veraz para la ciudadanía".
Así, se obligará a los informadores acreditados a respetar "las reglas de cortesía parlamentaria" y las directrices de la Mesa, nadie podrá realizar grabaciones sin estar acreditado y los grupos podrán designar a una persona que coordine sus encuentros informativos. Y habrá sanciones para quienes incumplan estas normas, con castigos que pueden llegar a la suspensión de las credenciales por un tiempo determinado o incluso su revocación definitiva.
También se crea un Consejo Consultivo de Comunicación Parlamentaria, con un miembro de cada grupo y representantes de los colectivos profesionales, que podrá proponer sanciones contra un informador acreditado, aunque la última palabra la tendrá la Mesa.
Este cambio en el reglamento se produce después de una serie de incidentes protagonizados por periodistas acreditados de medios digitales que se han enfrentado a políticos y otros informadores, trata de regular la renovación de las credenciales de los informadores que concede la Cámara e introducir un régimen sancionador para aplicarlo a las personas acreditadas que perjudiquen la actividad de la institución o el trabajo de otros representantes de los medios.
NUEVOS SUPUESTOS PARA EL VOTO A DISTANCIA
Con todo, se ha añadido un nuevo apartado en el reglamento del Congreso que aumenta los supuestos en los que los diputados podrán solicitar el voto a distancia, añadiendo a los hasta ahora previstos "algunas situaciones especialmente graves", como la necesidad de atender al cuidado de familiares cercanos o su fallecimiento.
Del mismo modo, se hace una equiparación de los casos de embarazo, maternidad y paternidad con las citas e intervenciones médicas necesarias para el buen fin de los procesos de reproducción asistida.
Eso sí, se incluye la necesidad de que la solicitud de voto telemático incluya la justificación de que concurre alguna de las causas expresamente previstas, bastando con una declaración responsable, sin perjuicio de la posibilidad de que la Mesa pueda requerir información adicional o documentación acreditativa
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