El Constitucional mantiene la inhabilitación a Junqueras hasta que resuelva su recurso sobre la amnistía

Desde el Constitucional entienden que mantener las penas de inhabilitación no supone un "perjuicio irreparable que pudiera hacer perder al amparo su finalidad"

Investigacion Judicial16 de diciembre de 2025Impacto España NoticiasImpacto España Noticias
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Oriol Junqueras, Jordi Turull

El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado la petición del exvicepresidente catalán Oriol Junqueras y los exconsejeros Jordi Turull, Raül Romeva y Dolors Bassa de suspender de forma cautelar sus penas de inhabilitación hasta que resuelva los recursos de amparo que presentaron contra la decisión del Tribunal Supremo de no amnistiarles la malversación del 'procés'.

El Pleno ha adoptado la decisión este martes tras retomar el debate que dejó pendiente a principios de diciembre en aras de llegar por unanimidad a un acuerdo para contestar a los excargos catalanes condenados por el referéndum ilegal del 1-O.

Desde el Constitucional entienden que mantener las penas de inhabilitación no supone un "perjuicio irreparable que pudiera hacer perder al amparo su finalidad", según explica en una nota difundida este martes.

 El tribunal incide en que adopta esta decisión al tener en cuenta varias consideraciones: la "larga duración de la inhabilitación absoluta impuesta" a los exconsejeros catalanes y a Junqueras --hasta 2030 y 2031, respectivamente--; "el tiempo pendiente de cumplimiento" --superior a cinco años--; "el plazo previsible en el que se resolverán los amparos" que, aduce, será "manifiestamente inferior"; y "la imposibilidad de adoptar en esta fase del procedimiento constitucional, conforme a reiterada doctrina constitucional, un juicio anticipatorio del fundamento de la pretensión deducida".

Cabe recordar que los cuatro dirigentes fueron condenados por malversación y sedición a penas de hasta 13 años de cárcel e inhabilitación. El Gobierno de Pedro Sánchez les indultó las penas de cárcel en 2021 pero mantuvo las de inhabilitación, que el Supremo rechazó amnistiar al considerar que la malversación del 'procés' recae en las excepciones que contempla la propia ley para no aplicarla.

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Los magistrados del Supremo razonaron que el dinero malversado implicó "un enriquecimiento personal o beneficio patrimonial", por cuanto los líderes independentistas no tuvieron que pagarlo de sus bolsillos, sino que hicieron uso de las arcas públicas para costear un fin partidista; y que con ello afectaron a los intereses económicos y financieros de la UE, porque una eventual secesión de Cataluña habría mermado los ingresos comunitarios procedentes de España.

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Los condenados acudieron al Constitucional contra el fallo del Supremo y solicitaron, además, que se suspendieran sus penas de inhabilitación mientras se resolvía el fondo de su queja. La corte de garantías, sin embargo, desestima sus peticiones cautelares en base a una serie de ponencias que habían recaído en distintos magistrados tanto conservadores como progresistas. Ahora, está pendiente que el TC resuelva el fondo de los recursos de amparo, algo que está previsto que haga ya el próximo año.

La Fiscalía no aprecia "daño irreparable"
La Fiscalía del TC ya se opuso a que se les rehabilitara cautelarmente no solo porque entendía que supondría anticipar el fallo sobre los recursos de amparo en sí mismos, sino porque además tampoco veía que al mantenerlos inhabilitados se les causara un "daño irreparable".

Las fuentes consultadas explican que es doctrina constitucional rechazar la suspensión de las penas vigentes cuando el tiempo que queda por cumplir es superior al que tarda el TC en resolver los recursos de amparo, como es el caso.

A ello se suma un último factor, no vinculante pero sí influyente, que son las conclusiones que el abogado general de la UE, el luxemburgués Dean Spielmann, dio a conocer el pasado 13 de noviembre en cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional sobre la amnistía.

El letrado comunitario señaló que "no es conforme con el Derecho de la UE obligar a los órganos jurisdiccionales nacionales a dictar una resolución absolutoria y a alzar las medidas cautelares que se hubieran acordado en una fase anterior del procedimiento en el plazo máximo de dos meses, aún cuando el Tribunal de Justicia de la UE no haya adoptado todavía resolución" sobre las cuestiones planteadas.

En la misma línea, el expresidente catalán Carles Puigdemont y los ex consejeros Antoni Comin y Lluís Puig recurrieron en amparo al TC la decisión del Supremo de no amnistiarles la malversación del 1-O, solicitando cautelarmente que levantara las órdenes de detención nacional que pesan contra ellos.

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