La Audiencia ordena juzgar a Mónica Oltra por la gestión política de los abusos sexuales de su exmarido

La Audiencia de Valencia ha ordenado a la Plaza 15 de Instrucción del Tribunal de Instancia de Valencia que abra juicio oral contra la exvicepresidenta de la Generalitat valenciana Mónica Oltra, así como contra otros nueve investigados
Investigacion Judicial24 de febrero de 2026Impacto España NoticiasImpacto España Noticias

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La Audiencia de Valencia ha ordenado a la Plaza 15 de Instrucción del Tribunal de Instancia de Valencia que abra juicio oral contra la exvicepresidenta de la Generalitat valenciana Mónica Oltra, así como contra otros nueve investigados, por la gestión de los abusos sexuales a una menor tutelada llevados a cabo por el exmarido de Oltra.

Los hechos declarados indiciariamente acreditados por el instructor son incompatibles con el sobreseimiento provisional e incongruentes con la denegación de apertura del juicio oral, según el auto al que ha tenido acceso EFE, que constata que el auto de procedimiento abreviado ya recogía hechos como que la tutela la ejercía la Dirección General de Infancia y Adolescencia (de la Conselleria de Igualdad cuya titular era Oltra) y que el abuso sexual era cierto.

También señala que la tutelada consideraba al exmarido de Oltra como un padre y que cuando se cometieron los abusos la situación de la menor empeoró y comenzó a fugarse de forma reiterada del centro de acogida.

 Eso relata —añade— su situación de altísima vulnerabilidad, así como la forma de proceder en la omisión de los hechos a la Fiscalía de Menores por parte del centro, habla en varias ocasiones de «un muro de silencio» y reitera que la finalidad del expediente abierto por la conselleria era determinar la certeza de las acusaciones, no «el bienestar de la menor ni evitar la reiteración de hechos similares».

Dos sobreseimientos provisionales antes de esta apertura de juicio oral

El citado juzgado de Instrucción desestimó en diciembre los recursos de reforma interpuestos por las acusaciones populares contra el auto en el que denegó la apertura de juicio oral contra Oltra y acordaba el sobreseimiento provisional de esta causa, decisiones ambas que se confirmaban de nuevo.

El asunto volvió a ser elevado a la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial —que ya ordenó el procesamiento de Oltra en una anterior resolución—, al haber formulado las acusaciones (María Teresa Tanco, Vox y la asociación Gobierna-te) recurso de reforma y subsidiario de apelación.

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La Audiencia debía resolver estos recursos y decidir si finalmente se enjuiciaba o no a Mónica Oltra y a varios miembros de su equipo en la Conselleria de Igualdad por el supuesto encubrimiento de abusos sexuales a una menor tutelada por la Generalitat Valenciana (María Teresa Tanco) por parte del exmarido de la exvicepresidenta (hechos por los que fue condenado).

En el escrito de alegaciones, Oltra se apoyaba en el auto de sobreseimiento provisional de la causa, de abril de 2024, y en el que deniega la apertura de juicio oral, de junio de 2025, así como en los diversos escritos del Ministerio Fiscal en los que «tampoco aprecia indicio de racionalidad alguno contra ninguno de los acusados».

Señalaba asimismo que el proceso inculpatorio «no puede continuar si la instrucción no ofrece sólidas razones para ello», y destacaba que «más allá de consideraciones genéricas, los recurrentes no invocan hecho alguno que justifique la existencia de algún indicio racional de criminalidad ni la equivocación del juzgado en lo que se refiere a Mónica Oltra».

«Las acusaciones introducen hechos nuevos, reformulan el relato en clave distinta, añaden elementos típicos no determinados en los hechos, creando un escenario donde el juez acertadamente no puede abrir juicio oral», afirmaba. En este sentido, defendía que «no existen indicios racionales de criminalidad respecto de los hechos finalmente acusados, resultando obligado el sobreseimiento y la denegación de la apertura del juicio oral».

El escrito señalaba, además, que la resolución de la Audiencia Provincial «en ningún momento ordena acordar la apertura de juicio oral» sino que, una vez abierta la fase intermedia y formuladas las acusaciones, el instructor «recupera plenamente su función de garantía pudiendo —como ha realizado— acordar el sobreseimiento si aprecia inexistencia de indicios».

Por todo ello, la defensa de Oltra pidió impugnar los recursos de apelación interpuestos por María Teresa Tanco, Gobierna-te y Vox, «con expresa imposición de costas a los recurrentes por su temeridad».

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Apartada de la política desde 2022

La exdirigente de Compromís lleva apartada de la política desde que dimitió, el 21 de junio de 2022, como vicepresidenta y portavoz del Consell que presidía entonces el socialista Ximo Puig, apenas cinco días después de haber sido citada como investigada en la referida causa judicial.

Oltra desempeñaba esos cargos, junto al de consellera de Igualdad y Política Inclusiva, desde el inicio del Consell del Botànic, en 2015, y era diputada autonómica por Compromís en Les Corts Valencianes desde 2007. Desde su retirada de primera línea política, trabaja como abogada y han sido escasas sus intervenciones públicas. Su nombre ha sonado en varias ocasiones como futura candidata electoral.

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