El PP vasco investiga el proceso utilizado por Imanol Pradales para sacar a la asesina etarra Anboto

El Partido Popular Vasco ha puesto bajo la lupa al Gobierno de Imanol Pradales por la concesión del segundo grado penitenciario a la sanguinaria terrorista Anboto, que apenas ha cumplido 22 meses en prisión de los 793 años
Politica26 de marzo de 2026Impacto España NoticiasImpacto España Noticias
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Terrorista Anboto

El Partido Popular Vasco ha puesto bajo la lupa al Gobierno de Imanol Pradales por la concesión del segundo grado penitenciario a la sanguinaria terrorista Anboto, que apenas ha cumplido 22 meses en prisión de los 793 años a la que fue condenada. La formación de Javier de Andrés ha registrado un escrito en el Parlamento Vasco para exigir el expediente por el que se le ha concedido la semilibertad.

Se trata oficialmente de un segundo grado, que en la práctica supone un nivel más laxo de control penitenciario ya que puede salir de la cárcel. Algo inusual y que sólo se concede en casos excepcionales, de ahí que el PP Vasco haya pedido toda la documentación administrativa para investigar en qué basó su decisión el Ejecutivo autonómico.

El PP advierte en su escrito de que la decisión "plantea interrogantes sobre la concurrencia de los presupuestos materiales exigidos para la aplicación del artículo 100.2, así como sobre el contenido concreto del programa de tratamiento que justificaría dicha medida" y recuerda que "la adopción de este tipo de medidas implica la intervención de diversos órganos administrativos y judiciales" 

descargarLos investigadores cuestionan la fiabilidad de los partes de Adamuz y advierten de que pueden ser manipulados sin control

Por todo esto, el PP solicita copia íntegra del expediente administrativo completo, es decir:

  • Propuesta de la Junta de Tratamiento.

  • Informes del Equipo Técnico.

  • Programa específico de tratamiento que fundamenta la medida.

  • Valoraciones sobre clasificación, pronóstico de reinserción, asunción del daño causado y responsabilidad civil.

  • Comunicaciones efectuadas al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria competente.

  • Escritos, requerimientos, informes o resoluciones del Juzgado y del Ministerio Fiscal.

  • Cualesquiera comunicaciones internas o externas entre el Departamento de Justicia, la Dirección del centro penitenciario, la Junta de Tratamiento, la Fiscalía, el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria o cualquier otro órgano que haya intervenido directa o indirectamente en la tramitación y adopción de la decisión.

En el escrito presentado, reiteran que reclaman "la remisión del expediente completo, debidamente foliado y en formato que permita su análisis", después de advertir de que "el conocimiento fragmentado o parcial de la documentación impediría valorar de forma objetiva la motivación de la decisión, el cumplimiento de los requisitos legales, la secuencia procedimental seguida y las comunicaciones mantenidas entre los distintos órganos intervinientes".

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