
Marlaska podrá clasificar como "confidencial" información que según él afecte a los "intereses de España" sin pasar por el Congreso
Impacto España Noticias
El Ministerio del Interior tramita una orden ministerial que redefinirá el régimen interno de clasificación de la información, introduciendo nuevas categorías y ampliando los supuestos de restricción de acceso bajo la apelación genérica a los “intereses de España”.
El proyecto, denominado Política de seguridad de la información clasificada nacional y de la información sensible del Ministerio del Interior, se encuentra en fase de elaboración y no será sometido a debate parlamentario, según publica EE.


La iniciativa, impulsada por el departamento que dirige Fernando Grande-Marlaska, establece dos niveles principales de clasificación —“confidencial” y “difusión limitada”— junto a una nueva categoría de “información sensible”, inexistente en la normativa vigente. Esta última incorpora tres subniveles: uso oficial, uso interno y uso público, con distintos grados de restricción.
Según el borrador, podrá declararse como “confidencial” aquella información cuya divulgación no autorizada pueda suponer una amenaza o perjuicio a los intereses nacionales. Asimismo, la categoría de “difusión limitada” abarcará contenidos cuya revelación resulte contraria a dichos intereses. Ambas definiciones remiten a criterios abiertos que serán valorados por los órganos directivos del propio Ministerio.
El texto amplía de forma significativa el número de autoridades con capacidad de clasificar información. Hasta once instancias, todas ellas de carácter político o dependientes de la cúpula del departamento, podrán aplicar estos criterios, frente al modelo anterior más centralizado.
Este cambio introduce un esquema basado en el principio de “necesidad de conocer”, que condiciona el acceso a los documentos a la acreditación de una función concreta.
En paralelo, la orden crea un sistema estructurado para la gestión de la denominada información sensible, que podrá restringirse sin alcanzar el nivel de clasificación formal. En el caso de la categoría de uso oficial, el acceso quedará limitado al ámbito del Ministerio o a entidades colaboradoras, con un plazo inicial de cinco años prorrogable hasta un máximo de quince.
El proyecto se articula mediante una orden ministerial, lo que implica que no requerirá aprobación de las Cortes Generales. Este aspecto ha suscitado objeciones desde sectores parlamentarios, que consideran que el alcance de la norma podría afectar al derecho de acceso a la información pública y a la libertad de información, materias sujetas al principio de reserva de ley.
Diversas fuentes jurídicas apuntan que la regulación propuesta incide directamente en el equilibrio entre transparencia y secreto administrativo, trasladando al ámbito interno del Ejecutivo decisiones que, tradicionalmente, han sido objeto de control legislativo.
En este contexto, el debate sobre los límites de la clasificación de información se desplaza desde el Parlamento hacia una norma de carácter departamental.
El documento prevé además la creación de un Servicio de Protección de la Información Clasificada, encargado de coordinar la aplicación del nuevo sistema, así como la designación de responsables específicos en materia de seguridad de la información dentro del Ministerio.
Aunque la memoria justificativa sostiene que la medida no tendrá impacto presupuestario significativo ni afectará a la protección de datos personales, reconoce que el sistema abarcará información especialmente sensible de ámbitos policiales, penitenciarios y de seguridad.
La ausencia de procedimientos detallados de revisión, impugnación o control externo en el borrador conocido añade incertidumbre sobre las garantías del nuevo modelo.
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