La Abogacía del Estado, dependiente de Sanchez intenta que el Tribunal Supremo rechace la suspensión del proceso de regularización extraordinaria de inmigrantes

La Abogacía General del Estado de Pedro Sanchez, ha solicitado al Tribunal Supremo que inadmita o, en su defecto, deniegue las medidas cautelares solicitadas por Hazte Oír contra el real decreto del Gobierno de regularización de inmigrantes
Noticias11 de mayo de 2026Impacto España NoticiasImpacto España Noticias
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Pedro Sanchez

La Abogacía General del Estado de Pedro Sanchez, ha solicitado al Tribunal Supremo que inadmita o, en su defecto, deniegue las medidas cautelares solicitadas por Hazte Oír contra el real decreto del Gobierno de regularización de inmigrantes.

En un escrito presentado ante la Sala Tercera del Alto Tribunal fechado el 8 de mayo, los servicios jurídicos del Estado sostienen que la asociación recurrente carece de legitimación activa para impugnar la norma, pues sus fines estatutarios «son genéricos» y no acreditan un «interés legítimo o un beneficio real» derivado de la anulación del decreto.

El conflicto jurídico se centra en dos disposiciones adicionales concretas introducidas en el Reglamento de Extranjería: la dirigida a solicitantes de protección internacional que ya residen y trabajan en España, con el fin de evitar que caigan en situación irregular si su solicitud de asilo es denegada; y la que crea un nuevo «arraigo extraordinario» para reducir la vulnerabilidad social y fomentar un «crecimiento económico inclusivo», exigiendo requisitos de vinculación laboral, convivencia con menores o situaciones de vulnerabilidad acreditadas.

Para la Abogacía estas medidas responden a una necesidad constatada durante la aplicación del reglamento anterior, donde un número relevante de personas no pudo acogerse a las vías de regularización existentes.

 Además, rechaza uno de los argumentos centrales de Hazte Oír para solicitar la suspensión cautelar, que es la supuesta creación de situaciones irreversibles, pues los beneficiarios de la norma son personas que ya se encontraban en España antes del 1 de enero de 2026 y que ya hacen uso de los servicios públicos de educación y salud.

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Además, el escrito recuerda que cualquier autorización administrativa puede ser revocada o extinguida mediante los instrumentos de revisión previstos en la ley si se declarase la nulidad de la norma, por lo que no es cierto, dice, que se generen «derechos adquiridos irreversibles».

Respecto a la presunta «regularización masiva encubierta» sin cobertura legal que denuncia la recurrente, la Abogacía del Estado señala que el dictamen del Consejo de Estado el proyecto cuenta con habilitación suficiente en la ley de Extranjería, que permite conceder residencias temporales por circunstancias excepcionales determinadas reglamentariamente.

Además, apela al amplio respaldo social con el que cuenta la ley pues la iniciativa legislativa popular recogió más de 600.000 firmas y el apoyo mayoritario del Congreso de los Diputados a favor de una regularización extraordinaria.

Suspender la norma, arguye, dañaría gravemente el interés público y los derechos de miles de extranjeros que quedarían en un «vacío legal» a la espera de una sentencia firme.

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