
Los juzgados de Valladolid desprotegen a un niño discapacitado al 81%
Impacto España Noticias
Señor Director:
El caso recientemente conocido en Valladolid no debería analizarse como un simple conflicto familiar judicializado. Contiene elementos que obligan a una reflexión más profunda sobre el funcionamiento del sistema de justicia cuando entra en contacto con la vulnerabilidad.
Uno de esos elementos es especialmente relevante: la existencia de informes clínicos que apuntarían a posibles situaciones de deterioro o incluso de lesión, cuya relevancia en el procedimiento parece, cuando menos, discutida. Este tipo de indicios no pueden ser tratados como un elemento más del expediente. Activan una obligación reforzada de investigación y protección, porque lo que está en juego es la integridad de una persona en situación especialmente frágil.


Pero la cuestión no es solo qué se decide, sino cómo se decide. En contextos donde concurren discapacidad, conflicto intrafamiliar intenso e indicios de posible daño, la exigencia de garantías se eleva. No basta con que el procedimiento sea formalmente correcto; debe ser materialmente justo y equilibrado.
Y aquí aparece un aspecto esencial: la imparcialidad. La imparcialidad no es solo un atributo del juez, sino una cualidad del proceso en su conjunto. Se proyecta en cómo se valoran los informes, en qué peso se da a los indicios, en si se neutralizan o no las desigualdades de partida. Cuando existe la percepción de que determinados elementos no han sido investigados o ponderados con la suficiente intensidad, lo que se resiente no es solo la decisión, sino la confianza en el sistema.
A ello se suma un riesgo menos visible, pero profundamente relevante. Cuando una persona se enfrenta a un procedimiento que no comprende, en el que no se siente escuchada y en el que percibe que sus decisiones no influyen, puede desarrollar lo que la psicología denomina indefensión aprendida: la convicción de que nada de lo que haga cambiará el resultado. Y cuando esto ocurre, la persona deja de participar, deja de decidir, deja de ser sujeto del proceso.
Este tipo de situaciones no se resuelven con declaraciones de principios. Exigen medidas concretas: investigar con rigor los posibles indicios de daño, garantizar apoyos reales en el proceso, diseñar sistemas de apoyo neutrales cuando hay conflicto y asegurar que la justicia no solo se aplica, sino que se percibe como tal.
Porque la verdadera medida de un sistema de justicia no está en cómo resuelve los casos fáciles, sino en cómo protege en los más difíciles.
Atentamente,
2. ENTREVISTA,PARA EVITAR REPRESALIAS LLAMAREMOS NOELIA“El problema no es solo qué decide la justicia, sino si la persona ha podido realmente decidir”
P. ¿Qué le preocupa realmente de este caso?
R. Que reúne todos los factores de riesgo: discapacidad, conflicto familiar intenso e indicios clínicos de posible daño. Cuando concurren estos elementos, el sistema judicial debería intensificar sus garantías, no mantener estándares ordinarios.
P. ¿Qué importancia tienen esos informes médicos?
R. Son clave. Cuando existen informes que apuntan a posibles lesiones o deterioro, el sistema debe activar una respuesta reforzada. No se trata de dar por probados los hechos, sino de investigarlos con rigor. Si esto no ocurre, no estamos solo ante una cuestión probatoria, sino ante un posible fallo en el sistema de protección.
P. También se habla de la participación de la persona…
R. Y es fundamental. La ley exige que la persona participe, pero participar no es estar presente. Si no comprende el proceso, si está desbordada emocionalmente o si no tiene apoyos, su intervención no es real.
P. ¿El conflicto familiar influye?
R. Muchísimo. Es un factor de distorsión. Puede condicionar lo que la persona dice, o incluso si dice algo. Por eso el sistema de apoyos debe ser neutral. No se puede construir dentro del conflicto.
P. Hay quien plantea dudas sobre la imparcialidad del sistema…
R. Y es lógico. La imparcialidad no es solo que el juez actúe correctamente, sino que el proceso se perciba como equilibrado. Si hay informes médicos relevantes que no parecen investigarse suficientemente, o si una de las partes queda en desventaja estructural, se resiente la percepción de justicia.
P. Usted introduce el concepto de “indefensión aprendida”…
R. Sí, porque explica muy bien lo que puede ocurrir. Es un fenómeno psicológico por el cual, cuando una persona percibe que no tiene control sobre lo que le ocurre, deja de intentar influir en la situación.
En un proceso judicial, si la persona no entiende, no decide y no ve efectos de su participación, puede desarrollar esa pasividad. Y eso es muy grave.
P. ¿Qué implicaciones tiene?
R. Que la persona deja de ejercer su autonomía, incluso cuando podría hacerlo. Se vuelve dependiente del entorno, pierde capacidad de decisión. Se bloquea, se silencia. Si una persona con discapacidad denuncia a un progenitor y no sucede nada, esa persona deja de confiar, y se vuelve sumisa ante la indefensión aprendida.
P. ¿Qué debería haberse hecho?
R. Tres cosas: investigar seriamente los indicios de daño, garantizar apoyos reales en el proceso y diseñar un sistema de apoyos neutral.
P. ¿Y ahora?
R. Revisar el procedimiento, corregir los apoyos y garantizar que la persona pueda decidir en condiciones reales. Protegida, ayudada, acompañada por personas de su confianza. Si él ha denunciado a un progenitor, no puede ser esa misma persona quién lo lleve o acompañe, pues el miedo, como a cualquiera, le va a paralizar. Por eso es tan importante escuchar a los profesionales que están atendiendo y cuidando de la vida y la persona con discapacidad.
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