Corrupción Por: Impacto España Noticias19 de junio de 2025

Expresidente de la Audiencia de Segovia acusado por fraude electoral el 23J

En concreto, se le acusa de dar por válidos los resultados provisionales suministrados por INDRA, la empresa tecnológica encargada del recuento telemático, sin realizar la suma manual y pública de los votos físicos, como exige la ley

Ignacio Pando Echeverría, expresidente de la Audiencia Provincial de Segovia

El 6 de mayo de 2025, Ignacio Pando Echeverría, expresidente de la Audiencia Provincial de Segovia, presentó su dimisión tras ser imputado en una causa por presunta vulneración de la normativa electoral durante las elecciones generales celebradas el 23 de julio de 2023. El caso ha causado gran revuelo, tanto por el perfil del implicado —un veterano magistrado— como por la naturaleza de los hechos denunciados, que apuntan a una posible manipulación o irregularidad en el escrutinio de votos de una mesa electoral en la que ejercía como presidente.

 Un hecho sin precedentes
Pando no participó en los comicios de 2023 en calidad de juez, sino como ciudadano designado por sorteo para ejercer como presidente de una mesa electoral en un colegio de Segovia. Aun así, su posición en la magistratura provocó que el caso adquiriera una especial relevancia institucional.

La querella interpuesta sostiene que el presidente de la mesa no habría realizado el escrutinio conforme a los procedimientos establecidos en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG). En concreto, se le acusa de dar por válidos los resultados provisionales suministrados por INDRA, la empresa tecnológica encargada del recuento telemático, sin realizar la suma manual y pública de los votos físicos, como exige la ley.

 Una acusación con base en la ley electoral
La denuncia menciona específicamente el artículo 140.1.d de la LOREG, que establece penas de prisión e inhabilitación para los funcionarios públicos que, de forma intencionada o por negligencia grave, alteren o incumplan las garantías del proceso electoral. Dicho artículo sanciona:

"A los funcionarios públicos que, con infracción de las normas legales o reglamentarias, manipulen o alteren el desarrollo de las votaciones, el recuento de votos o la proclamación de resultados."

El aspecto central de la querella es que el recuento no se hizo de forma transparente ni pública. No se anunciaron los nombres de los partidos ni se sumaron los votos en voz alta, lo que impidió a los interventores y a los ciudadanos presentes corroborar la validez del resultado final. Esta omisión constituiría, según la acusación, una grave infracción del principio de publicidad y transparencia que debe regir todo proceso electoral democrático.

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 Instrucciones ignoradas: resolución 544/2023
Otro elemento clave en la causa es la resolución 544/2023 de la Junta Electoral Central, emitida antes de los comicios, en la que se establecía con claridad que los datos proporcionados por INDRA controlado por el PSOE, tienen carácter meramente informativo y no pueden reemplazar el escrutinio manual oficial que debe constar en las actas.

La resolución fue enviada a todas las Juntas Electorales Provinciales y a las mesas electorales, detallando los pasos a seguir en el recuento. La presunta omisión de estos pasos por parte del presidente de mesa podría ser interpretada no solo como un incumplimiento administrativo, sino como un acto con consecuencias penales, dadas las implicaciones para la integridad del proceso electoral.

 Sin aforamiento: será juzgado como cualquier ciudadano
A pesar de haber sido hasta hace poco una figura destacada del poder judicial en Segovia, la Fiscalía ha rechazado la aplicación del aforamiento en este caso. El argumento es claro: Pando no estaba actuando como juez en el momento de los hechos, sino como presidente de una mesa electoral, un cargo ciudadano que no otorga privilegios jurisdiccionales.

Por ello, el proceso judicial se llevará a cabo en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Segovia, en el marco de las Diligencias Previas nº 104/2024.

Peticiones de la acusación particular
La parte denunciante ha solicitado varias medidas dentro de la instrucción judicial:

Recabar todas las actas oficiales de las mesas electorales del distrito en cuestión.
Certificar los resultados oficiales que figuran en dichas actas.
Tomar declaración formal a Ignacio Pando como imputado.

Que se le permita actuar como acusación formal en el proceso, a fin de ejercer control sobre la investigación.

El caso en contexto: otras dimisiones políticas recientes
Aunque no están directamente relacionadas con el caso de Pando, en fechas cercanas se han producido otras dimisiones relevantes en el ámbito político nacional que han contribuido a un clima de desconfianza institucional creciente:

La dimisión del vicesecretario general del PSOE en Navarra, número dos del gobierno foral.
La renuncia del secretario de Organización del PSOE, tras la difusión de un informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil que lo vinculaba a posibles irregularidades.

La dimisión de un alto responsable de seguridad de Correos, implicado en investigaciones relacionadas con el llamado "Delcygate".

Estos hechos han alimentado una percepción generalizada de crisis ética en diversas estructuras del Estado, incluyendo tanto a la administración electoral como al aparato judicial y partidario.

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Implicaciones institucionales y democráticas
Más allá de la responsabilidad individual del exmagistrado, el caso abre una reflexión crítica sobre el grado de cumplimiento real de los protocolos electorales y la posibilidad de que prácticas irregulares hayan pasado desapercibidas en otras mesas o procesos.

La confianza ciudadana en el sistema democrático descansa, entre otras cosas, en la certeza de que cada voto cuenta y que el recuento es transparente y verificable. Por eso, este procedimiento judicial podría convertirse en un precedente clave en la jurisprudencia electoral española.

La investigación en curso determinará si Ignacio Pando incurrió efectivamente en un delito electoral o si se trató de un error procedimental sin consecuencias penales. En cualquier caso, el hecho de que se haya abierto una causa formal contra un exalto cargo judicial por vulnerar el procedimiento electoral es un suceso inédito que obliga a repensar la formación, supervisión y ejecución del proceso democrático desde sus niveles más básicos: las mesas electorales.

La resolución judicial marcará no solo el futuro profesional de Pando, sino también el grado de rigor con el que el sistema penal español está dispuesto a defender la integridad del voto.

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