Caso David Sánchez: Piden retirar el acta de diputado a Gallardo
La asociación Liberum, que ejerce la acusación popular en el conocido Caso David Sánchez, ha reaccionado solicitando de nuevo la suspensión cautelarísima del acta de diputado autonómico de Gallardo
El caso que rodea al presidente de la Diputación de Badajoz, Miguel Ángel Gallardo Miranda, da un nuevo giro tras el pronunciamiento del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx), que ha concluido que su reciente adquisición del fuero parlamentario se ha producido en fraude de ley. La asociación Liberum, que ejerce la acusación popular en el conocido Caso David Sánchez, ha reaccionado solicitando de nuevo la suspensión cautelarísima del acta de diputado autonómico de Gallardo, argumentando que su escaño fue obtenido mediante una maniobra “apresurada y torticera” para evadir la jurisdicción penal ordinaria.
Una cronología marcada por la sospecha
Los hechos se remontan al 9 de junio de 2025, cuando el Juzgado de Instrucción número 3 de Badajoz dictó auto de apertura de juicio oral contra Gallardo en el marco de la causa conocida como DP 965/2024. Un día después, el entonces presidente de la Diputación de Badajoz fue nombrado diputado regional en la Asamblea de Extremadura, tras la renuncia encadenada de cinco candidatos que lo precedían en la lista electoral de su partido.
El caso fue remitido al TSJEx al entenderse que Gallardo había adquirido aforamiento. Sin embargo, el alto tribunal extremeño ha rechazado esa condición especial, devolviendo el procedimiento al juzgado de origen por considerar que no está legitimado para enjuiciarlo, ya que el aforamiento no es válido.
TSJEx: un aforamiento “exprés” incompatible con el principio de legalidad
En su auto fechado el 30 de junio de 2025, la Sala Civil y Penal del TSJEx sostiene que:
“Nos hallamos ante un supuesto de adquisición sobrevenida de un fuero procesal por quien hasta entonces carecía de uno (...) el aforamiento ante el TSJEX entraña un fraude de ley”.
La Sala incide en que este caso “presenta especiales características”, al tratarse de una persona sin ningún tipo de aforamiento previo que accede a dicha condición cuando el procedimiento penal ya estaba en curso y en fase avanzada, sin que ese cambio derive de unas elecciones celebradas durante el proceso judicial. Para el tribunal, todo el mecanismo de renuncias previas y el nombramiento como diputado fue deliberado.
Uno de los pasajes más significativos del auto es el que describe con detalle el operativo que permitió a Gallardo ocupar su escaño:
“El modo apresurado de proceder (...) a las renuncias de los cuatro candidatos a ser proclamados electos que anteceden al Sr. Gallardo en la candidatura: el mismo día 19 de mayo y, casualmente, ese mismo día todos por razones personales y profesionales; desplazándose un notario a la sede del partido regional (...) pese a que tres de ellos residen en diferentes localidades alejadas de Mérida”.
Además, el TSJEx reprocha la ausencia de documentación ratificadora ante la Mesa de la Asamblea, y la participación directa del secretario de organización del partido en la comunicación de las renuncias a la Junta Electoral, lo que contribuye, a juicio del tribunal, a reforzar la idea de un diseño premeditado.
Liberum insiste: “se manipuló el acceso al escaño”
Tras conocer el contenido del auto judicial, la asociación Liberum ha presentado un nuevo escrito solicitando una medida cautelarísima para dejar sin efecto la condición de diputado de Gallardo.
En palabras de la entidad:
“Se ha alcanzado el aforamiento mediante una manipulación, apresurada y torticera de la cobertura del escaño vacante tras la renuncia de D.ª María Cruz”.
Liberum ya había intentado, sin éxito, que se suspendiera la credencial de Gallardo el pasado 27 de mayo, cuando el TSJEx rechazó la primera solicitud de medida cautelarísima. Sin embargo, a la luz del nuevo auto del 30 de junio, argumentan ahora que se dan sobradamente los requisitos jurídicos para su adopción: el fumus boni iuris (apariencia de buen derecho) y el periculum in mora (peligro en la demora).
“De no aceptarse la medida cautelarísima (...) se producirían daños irreversibles”, sostiene el nuevo escrito.
Liberum también subraya la importancia de preservar la confianza ciudadana en la imparcialidad de las instituciones judiciales:
“Solo determinados comportamientos que rozan o constituyen fraude de ley o abuso del derecho contribuyen a extender el recelo de que las últimas instancias judiciales son más comprensivas con determinadas conductas atribuidas a los aforados”.
Un escenario judicial y político aún abierto
Miguel Ángel Gallardo ha anunciado que no recurrirá la decisión del TSJEx, pero la resolución no es firme. Cabe interponer recurso de casación ante la Sala Penal del Tribunal Supremo, que podría revisar la argumentación sobre la competencia.
Mientras tanto, el caso se mantiene en el Juzgado de Instrucción nº 3 de Badajoz, que fue el que condujo la investigación desde su inicio. Allí deberá continuar el procedimiento hasta que se dicte sentencia o se acuerde alguna medida procesal adicional.
Por su parte, Gallardo mantiene su escaño como diputado regional, aunque la presión jurídica y mediática sigue aumentando tras este revés judicial. El auto del TSJEx no sólo pone en cuestión su aforamiento, sino que establece un precedente relevante sobre la adquisición oportunista de fueros procesales, lo que podría tener implicaciones más allá del caso concreto.
El fondo de la controversia no se reduce a una cuestión técnica de competencia judicial. Lo que está en juego es la legitimidad del uso del aforamiento en un contexto penal, cuando puede ser utilizado no como garantía del cargo público, sino como un instrumento de blindaje personal frente a la justicia ordinaria.
La causa sigue abierta. La exigencia de depurar responsabilidades —jurídicas y políticas— está en el aire.
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