El Supremo descarta enviar a Ábalos a prisión tras el informe de la UCO sobre sus "ingresos irregulares"

El exministro guarda silencio porque se siente indefenso al estar acompañado del abogado al que quería renunciar

José Luis Ábalos

El instructor del 'caso Koldo' en el Tribunal Supremo (TS), Leopoldo Puente, ha rechazado la petición de las acusaciones populares lideradas por el PP de enviar a prisión provisional al exministro de Transportes José Luis Ábalos tras el último informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil que revela "ingresos irregulares", al coincidir con la Fiscalía en que lo pertinente es mantener las medidas cautelares que tiene vigentes, es decir, prohibición de salida del país, retirada de pasaporte y comparecencia periódica en sede judicial.

 Así lo ha acordado el magistrado tras la vistilla que se ha celebrado este miércoles para revisar las medidas cautelares de Ábalos, después de que el exministro se acogiera a su derecho a no declarar alegando que se siente indefenso tras las últimas discrepancias con su abogado, José Aníbal Álvarez, que le ha acompañado en este último trámite.

En las otras tres ocasiones, Ábalos optó por declarar y la intención de su hasta ahora abogado era que también lo hiciera este miércoles pero las diferencias entre ambos ya eran "irreconducibles", según informó el exdirigente socialista al Supremo indicando que deseaba renunciar a su letrado, algo que Puente no le permitió al apreciar en ello un "fraude de ley" para eludir esta nueva cita.

Según las fuentes jurídicas consultadas, en la breve intervención de Ábalos, ha querido señalar que "fraude de ley" sería que renunciase a su acta de diputado para que la causa quedase en manos del magistrado de la Audiencia Nacional que investiga otra de las derivadas del 'caso Koldo'. En este punto, Puente le ha interrumpido para recordarle que "esto no es el Congreso" y que si decidía no declarar no era necesario que hiciese alegato alguno.

 Tras ello, se ha celebrado la vista de medidas cautelares. En ese momento, al igual que el pasado junio, cuando se celebró otra vista idéntica en la que solo las acusaciones populares reclamaron el ingreso en prisión del exministro, la Fiscalía ha pedido que se mantengan las medidas cautelares vigentes: la prohibición de salida del país, retirada del pasaporte y firmas quincenales en sede judicial.

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Las mismas fuentes han precisado que el Ministerio Público ha defendido que, aunque se han reforzado los indicios contra Ábalos, no han variado las circunstancias que determinarían su ingreso en prisión provisional. En la misma línea, ha apuntado que sí aprecia riesgo de fuga pero no el suficiente como para enviarle a la cárcel por el arraigo que supone que sea diputado del Congreso.

La defensa de Ábalos también se ha opuesto a la petición de las acusaciones populares, alegando que se trata de una reclamación que a su juicio tiene una finalidad "política".

  Todas las acusaciones populares, a excepción de ADADE, han pedido al instructor que enviara a Ábalos a prisión provisional, pero a una cárcel que no sea Soto del Real, donde se encuentra recluido el ex secretario de Organización del PSOE Santos Cerdán. No obstante, han señalado que, en caso de no acordarse el ingreso en prisión, se reclame una fianza de 650.000 euros al exministro socialista. El PP ha subrayado que aún no se ha localizado el dinero de las presuntas mordidas.

EL INFORME DE LA UCO

Era la cuarta vez que Ábalos comparecía en el TS después de que le encausara hace casi un año. Entonces, las pesquisas se centraban en los presuntos amaños de contratos para la compra de material sanitario en plena pandemia para adjudicárselos a empresas vinculadas a Víctor de Aldama, pero en estos meses la causa se ha ido enredando, aflorando también la existencia de una supuesta trama de cobro de sobornos a cambio de obra pública.

 La complejidad que añadió esta segunda derivada llevó al magistrado a dividir la causa, abriendo una pieza separada para investigar específicamente las presuntas mordidas por obras y dejando en la parte principal todo lo demás, incluidas las supuestas gestiones para situar a su expareja Jésica Rodríguez en dos empresas públicas sin que trabajara pero sí cobrara.

De cara a concluir la instrucción de la parte principal, el instructor estaba pendiente del informe que había encargado a la UCO sobre la situación patrimonial de Ábalos, donde se señala la existencia de una reserva de dinero en efectivo que el exasesor ministerial Koldo García gestionaría para el exdirigente socialista.

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Puente volvió a llamarles a sede judicial --Koldo está citado para las 10.00 horas de este jueves-- ante los "consistentes indicios" de que entre los patrimonios de ambos "podrían existir significativas zonas de intersección", de modo que García se ocupaba de todo tipo de pagos que corresponderían a Ábalos --"como la pensión alimenticia de uno de sus hijos"--, sumando "un importe verdaderamente significativo" que no tendría respaldo en los "ingresos regulares" del que fuera ministro.

 En dicho informe, la UCO detectó 95.437,33 euros desembolsados por Ábalos sin justificación bancaria, entre los que destacaba 20.799,40 euros de gastos "personales" con cargo a "una fuente de ingresos no declarada".

Además, la Guarda Civil reflejó que el PSOE pagó a Ábalos con dinero en efectivo mediante sobres. Algunos de esos pagos, explicó, tenían respaldo documental en lo aportado por el Partido Socialista como compensación por gastos, pero otros no.

La UCO detalló que Koldo y su entonces mujer, Patricia Uriz, verbalizaban en sus conversaciones de WhatsApp que parte del dinero que gestionaban, en efectivo o a través de sus cuentas, no era suyo, sino de Ábalos, y que se referían a él como "chistorras" (billetes de 500 euros), "soles" (200 euros) y "lechugas" (100 euros).

Con todo, el magistrado cree que Ábalos y Koldo "pudieran haber mantenido entre sí métodos no transparentes de comunicación de sus respectivos patrimonios, recibiendo indistintamente ingresos irregulares y opacos de diversa procedencia, eventualmente fruto de la comisión de los graves ilícitos penales que se les atribuyen".

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