El Gobierno pondrá multas de 150.000 euros a las empresas que no contraten a personal LGTBI

El Gobierno aprobó el 28 de febrero del año pasado la Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI
Noticias16 de febrero de 2024Impacto España NoticiasImpacto España Noticias
orgullo-gay
Personas LGTBI

El Gobierno aprobó el 28 de febrero del año pasado la Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, conocida comúnmente como Ley Trans, que estipulaba la obligación para todas las empresas de más de 50 trabajadores de disponer en el plazo de un año de un protocolo de actuación para velar por la igualdad de este colectivo. En esa norma, no se especificaba en qué tenía que consistir ese protocolo, pero el Ejecutivo se comprometía a explicarlo en un reglamento posterior.

Pasado casi un año desde de ese momento y a quince días de que entre en vigor la obligación de las empresas de contar con este protocolo -que aplica a partir del 2 de marzo-, el Gobierno todavía no ha hecho ese desarrollo reglamentario y fue este martes cuando convocó por primera vez a los agentes sociales para negociar su contenido.

 El secretario de Estado de Empleo, Joaquín Pérez-Rey, achacó ayer el retraso al adelanto electoral del año pasado en declaraciones posteriores al encuentro, pero desde el 16 de noviembre en que Pedro Sánchez fue investido presidente han pasado tres meses en los que tampoco se ha avanzado en este contenido.

De hecho, en la cita de ayer la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, recabó la propuesta de los sindicatos -acudieron con un borrador de reglamento que ellos habían preparado-, mientras que CEOE y Cepyme se comprometieron a enviar sus propuestas en los próximos días. Una vez analizadas las de unos y otros, el Ejecutivo volverá a convocarles a una nueva reunión para avanzar en un acuerdo que sirva de base para desarrollar el reglamento, que aspiran a tener "cuanto antes".

Multas de 150.000 euros y cierre de empresas
La norma incluye una serie de infracciones pero no han quedado aún definidas las sanciones que se aplicarán a las empresas en caso de no contar con estos planes o no aplicarlos.

Por ahora, se considerará leve la utilización de expresiones vejatorias por razón de su orientación o identidad sexual; negarse a participar o no facilitar la acción investigadora de la Inspección; o causar daños a bienes de personas LGTBI por esta razón. Estas actuaciones serán sancionadas con apercibimiento o multa de 200 a 2.000 euros.

Se considera grave (y es sancionado con entre 2.000 y 10.000 euros) que no se retiren esas expresiones vejatorias; que se dé un trato menos favorable a la persona por su orientación o identidad sexual. A la multa económica se puede sumar en estos casos la supresión de subvenciones recibidas, la prohibición de acceder a ayudas públicas o de contratar con la Administración.

/contenido/21831/la-comision-de-etica-judicial-avala-las-protestas-de-jueces-contra-la-amnistia

 Finalmente, la norma tipifica como muy grave: el acoso discriminatorio; las represalias cuando se ha producido una denuncia; la negativa a atender o asistir a quienes hayan sufrido cualquier tipo de discriminación; la convocatoria de espectáculos públicos o actividades recreativas que tengan como objeto la incitación a realizar conductas tipificadas como graves o muy graves; la denegación del acceso a servicios públicos como la vivienda; la vulneración de la prohibición de prácticas de modificación genital en personas menores de doce años; o la victimización secundaria, "entendida como el incumplimiento por parte de las Administraciones públicas de las obligaciones de atención previstas en esta ley que den lugar a un nuevo daño psicológico para la víctima".

Estas actuaciones son sancionadas con multas de 10.000 a 150.000 euros, a las que puede sumarse además de las represalias de las infracciones graves el cierre del establecimiento en el que se haya producido la discriminación por un máximo de tres años, si la persona infractora es la responsable del establecimiento, y el cese en la actividad económica o profesional desarrollada por la persona infractora por un término máximo de tres años.

Comparte en Redes Sociales

 Evite la censura de Internet suscribiéndose directamente a nuestro canal de Telegram, Newsletter

Haz tu Donación

Síguenos en Telegram: https://t.me/impactoespananoticias

Twitter: https://twitter.com/impactoSumustv

Instagram: https://www.instagram.com/impactoespana?r=nametag

YOUTUBE:https://youtube.com/@impactoespananoticias

Odysee: https://odysee.com/@impactoespa%C3%B1anoticias:a

WhatsApp: 635967726

Fuente original: El Mundo

Último momento
Te puede interesar
onu-infancia

La ONU pervierte a la infancia

Impacto España Noticias
Noticias02 de abril de 2026
La ONU ha pasado de ser un árbitro para la paz a convertirse en una maquinaria de adoctrinamiento y manipulación ideológica que utiliza el dinero de todos para pervertir la inocencia de los niños y destruir la familia
Lo más visto
descargar

LA LEY ANTI GALO DABOUZA

Galo Dabouza
Opinion 05 de abril de 2026
El objetivo era, como el de Diógenes, encontrar un juez honesto que las investigase. No lo encontré. En su lugar encontré muchos jefes de policía cobardes o directamente corruptos
congreso

El escandaloso gasto del Congreso en viajes durante 2025

Impacto España Noticias
Politica06 de abril de 2026
Mientras las familias españolas hacen malabarismos para llegar a fin de mes, cada diputado nos costó una media de 23.596 euros solo en transporte. Es una auténtica vergüenza que el transporte de un solo político nos cueste más que el sueldo anual de muchos trabajadores españoles
Suscribete a Impacto España Noticias