
LA LEY ANTI GALO DABOUZA

Cuando en diciembre de 2022 el magistardo de la Audiencia Criminal Joaquín Elías Gadea Francés me imputó un delito por “presentar más de 10 denuncias” (una de ellas a su nombre), la verdad pura y dura es que yo había presentado ya unas 1.200.
La mayoría de ellas las presenté con firma digital y por vía telemática, lo que me permitió llegar a todas las comandancias de la Guardia Civil y todas las comisarías de Policía Nacional de España.
El objetivo era, como el de Diógenes, encontrar un juez honesto que las investigase. No lo encontré. En su lugar encontré muchos jefes de policía cobardes o directamente corruptos.
Ya imputado por Gadea, el abogado del turno de oficio me recomendó que, para no empeorar mi situación, adoptase un perfil bajo y dejara de presentar denuncias.
Nunca he obedecido una orden ilegal, y ésta violaba lo dispuesto en el art. 264 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), que nos obliga a denunciar todos los delitos que conozcamos, aunque no tengamos pruebas.
Por ello, y para que Gadea no creyese que se podía salir con la suya tan fácilmente, seguí presentándolas, centenares de ellas contra él, por un delito de obstrucción a la justicia, en la forma de intimidación contra un denunciante (art. 464 C.P.).
Otras fueron contra los jueces de la junta electoral que no hicieron el escrutinio general, la directora general de salud pública que mintió al TC en materia de covid, o el general Marcos, de la UME, que ordenó abandonar a los valencianos a una muerte segura.
Y así muchas otras, hasta que superé las 2.000 denuncias.
Unas 1.800 fueron telemáticas.
En España hay muchas leyes contra la corrupción, que no se aplican, y por eso estamos como estamos, pero el 3 de abril de 2025 entró en vigor la reforma de la LECrim, por la Ley Orgánica 1/2025, que entre otras cosas añade un segundo párrafo al art. 266 LECrim, precisamente para prohibir las denuncias telemáticas en todos los casos importantes.
Leyendo ese párrafo, uno se pregunta qué sentido tiene prohibir las denuncias telemáticas, salvo poner trabas a los denunciantes para proteger a los delincuentes.
No quiero ser presuntuoso, pero no encuentro otra razón lógica para esa reforma, que la de lograr lo que no logró Gadea. Porque en España hay sobreabundancia de ministros y diputados corruptos, muchos denunciados por mí, y su cargo les permite modificar las leyes para protegerse, como han hecho.
Ahora cada uno que piense lo que quiera, pero yo la llamaré “Ley anti Galo Dabouza”.
Fiat iustitia ruat caelum.
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