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La AN descarta extraditar a El Salvador a un pandillero y ataca a El Salvador

La Audiencia Nacional ha rechazado extraditar a El Salvador al exintegrante de una mara reclamado por pertenencia a organización criminal debido a que se pondría en grave riesgo su vida e integridad física

Noticias11/05/2024Impacto España NoticiasImpacto España Noticias
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La Audiencia Nacional ha rechazado extraditar a El Salvador al exintegrante de una mara reclamado por pertenencia a organización criminal debido a que se pondría en grave riesgo su vida e integridad física a la vista de la situación actual que atraviesa el país.

En un auto, la Sala de lo Penal considera que, a la vista de la situación político-social existente en El Salvador y las circunstancias personales del reclamado, debe ser rechazada su entrega. Proceder de otro modo implicaría amparar posibles situaciones de grave riesgo para su vida e integridad física, a la vista de la situación actual en el país.

Los magistrados explican que, tal y como establece el Tribunal Constitucional, la denegación de una extradición por posible vulneración de sus derechos fundamentales debe sustentarse en que el reclamado haya aportado determinados y concretos elementos que sirvan de apoyo razonable a su argumentación.

En este caso, se ha constatado la existencia de una situación excepcional o extraordinaria, consecuencia del proclamado y reiterado estado de excepción en la República de El Salvador, del que hay que dejar constancia fehaciente en la presente resolución, como dato objetivo contrastado.

Máxime, añade la Sala, cuando una de las causas por las que se adoptó tal situación fue la de luchar contra las pandillas que ponían en riesgo la paz y la seguridad nacional, siendo así que el objeto de la reclamación es, precisamente, la pertenencia a esas organizaciones criminales (terroristas) -en concreto la mara Dieciocho Revolucionarios-- aunque en el caso del reclamado fuera como colaborador externo.

En este procedimiento, la extradición se solicita para el cumplimiento de una condena de 3 años y 4 meses de cárcel por la comisión de un delito en El Salvador de agrupaciones ilícitas en perjuicio de la paz pública que en España correspondería con pertenencia a organización criminal.

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Según recoge el auto, el propio reclamado ha manifestado que vino a España huyendo de la acción de los miembros de la mara al ser objeto de reiteradas extorsiones.

La Sala también tiene en cuenta los distintos pronunciamientos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), entidad que tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la Organización de Estados Americanos (OEA)2.

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