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Los presos de la extinta organización terrorista ETA que podrían acogerse previsiblemente a la modificación de la Ley Orgánica 7/2014 que permite desde este mismo viernes convalidar las condenas que han cumplido en otros países como Francia ultiman su estrategia
Nacional08 de noviembre de 2024La modificación legal entra en vigor este mismo viernes pero hay confusión sobre a qué instancia dirigirse.
Los presos de la extinta organización terrorista ETA que podrían acogerse previsiblemente a la modificación de la Ley Orgánica 7/2014 que permite desde este mismo viernes convalidar las condenas que han cumplido en otros países como Francia ultiman su estrategia y de momento no se han dirigido aún a tribunal alguno para solicitar su aplicación, según fuentes jurídicas consultadas por Europa Press.
Si bien Sare --plataforma de apoyo a los presos etarras-- señaló en octubre en rueda de prensa que se podrían beneficiar de la modificación un total de 52 presos, hasta el momento ninguno de ellos ha solicitado esa acumulación de condenas que permitiría varias excarcelaciones este mismo año.
Las fuentes consultadas por esta agencia de noticias explican que antes de este viernes no tenía sentido presentar escritos, y añaden que, además, ahora albergan dudas sobre el procedimiento para solicitar esa acumulación de sentencias. Dudas que fuentes fiscales consultadas también confirman.
Explican que a día de hoy, el procedimiento normal para acumular sentencias condenatorias impuestas en España, incluyendo sentencias que ya están licenciadas y cumplidas, siempre ha sido el del último tribunal sentenciador.
LA SENTENCIA DEL SUPREMO
Pero matizan que en 2020, el Tribunal Supremo (TS) dictó una sentencia en relación a la acumulación de condenas ya licenciadas --terminadas-- para efectos de la libertad condicional, y señalan que esto generó cierta confusión porque en ese caso se indica que no debe ir al último tribunal sentenciador sino posiblemente al juzgado central de vigilancia penitenciaria.
Esto, según las fuentes consultadas puede ralentizar las peticiones de los presos de ETA de que se les aplique la reforma, dado que no consideran adecuado ir a una instancia sin tener una mínima confianza o certidumbre de que sea la adecuada.
Entiende que además sería perder el tiempo y posiblemente generar confusión en los tribunales, que podrían incluso acabar planteando una cuestión competencial ante el Supremo.
Cabe recordar que la reforma de la Ley sobre intercambio de información de antecedentes penales y consideración de resoluciones judiciales penales en la UE, permitirá a los presos, incluidos los de ETA, conmutar las penas que han cumplido en el extranjero.
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