
Fuerte multa a Atresmedia: Sanción al programa 'Al Rojo Vivo' con Ferreras por las imágenes emitidas
Impacto España Noticias
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una multa a Atresmedia por culpa de 'Al rojo vivo'. Así, el organismo ha sancionado al grupo a pagar 221.155 euros por emitir "imágenes extremadamente violentas" en el programa dirigido y presentado por Antonio García Ferreras.
Eso sí, como Atresmedia decidió aceptar la multa y pagar por anticipado, la cuantía se redujo un 20%. De esta forma, el grupo solo ha tenido que desembolsar finalmente 176.924 euros.
La CNMC ha actuado después de la denuncia que recibió de un particular asegurando que 'Al rojo vivo' había emitido imágenes muy violentas en directo a principios de 2023 que mostraban "de forma explícita y repetida", la ejecución de un soldado ucraniano sin la debida cautela.


En concreto fue el 7 de marzo de 2023 a las 14:15 de la tarde, dentro del horario de protección infantil y sin la debida advertencia cuando 'Al rojo vivo' con Antonio García Ferreras ofreció a los espectadores dichas imágenes.
"El contenido se emitió hasta seis veces en apenas un minuto, incluyendo planos cercanos, sonido realista de los disparos y detalles visuales de las heridas", recalca la CNMC. Asimismo, el organismo regulador defiende que el programa de La Sexta tendría que haber advertido de dichas imágenes y haber "calificado como no recomendado para menores de 18 años, lo que habría exigido otras condiciones de emisión".
Por su parte, en su escrito de alegaciones, Atresmedia defendió que 'Al Rojo Vivo' es un programa "calificado como no apto para menores de 16 años, que se emitió fuera de la antigua franja de protección al menor y que el presentador avisó varias veces de que las imágenes que se iban a emitir eran muy duras". Asimismo, añadían que la grabación tenía "un alto interés informativo" y era "esencial para que el público comprendiera la magnitud del conflicto bélico".
Tras ello, la CNMC recalca que "toda libertad reconocida debe ser considerada en relación con las demás libertades, y, en caso de conflicto, han de aplicarse los principios de proporcionalidad, valorando el equilibrio entre el bien que se protege y el bien que se ve afectado". "La difusión de la información contenida en el vídeo debió haberse realizado considerando los derechos del menor. En ningún caso se trataría de un ejercicio de censura, sino un mero condicionante para garantizar su compatibilidad con los derechos de los menores", concluyen.
Por todo esto, el organismo "considera acreditado" que Atresmedia incurrió en una "infracción administrativa de carácter grave" que viene tipificada en el artículo 156.1 de la Ley General de Comunicación Audiovisual tras lo emitido en el programa de Antonio García Ferreras.
Cabe resaltar que, pese a haber pagado la sanción para beneficiarse de la reducción del 20%, Atresmedia puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses.
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