Marlaska declara secreto de Estado la escolta de Santaolalla pese a ser una denuncia falsa

El ministro del Interior vuelve a provocar un escándalo al tapar, como hizo con Leire Díez, la protección policial de una activista que se inventó una agresión desmontada por un juez y un forense y se pasea por TVE denunciando un «golpe de Estado» contra Sánchez
El Tonto del dia14 de junio de 2026 ED

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La seguridad y escoltas de Sarah Santaolalla siguen siendo secreto, mientras ella alienta el odio contra los agentes, asegurando que intentan dar un golpe de Estado.

Las medidas impuestas por Marlaska para proteger a la tertuliana, que comenzaron después de una supuesta agresión por parte de Vito Quiles que fue finalmente desestimada por la Justicia, no merecen una aclaración, pues considera que los informes que los sustentaron son material «reservado», en base a la ley franquista de Secretos Oficiales que data de 1968. Además, también considera ‘secreto’ el número de personalidades similares que gozan de la misma protección.

Esta norma es la misma a la que se agarró para esconder el caso de Leire Díez, a la que se le asignó una escolta policial mientras estaba siendo investigada por la UCO y después de su enfrentamiento con el empresario Víctor de Aldama en una rueda de prensa.

El propio Marlaska intentó negarlo en el Senado, lanzando acusaciones como que se trataba de un bulo; sin embargo, Interior tuvo que recular enviando un comunicado en el que reconocía que le puso un «servicio de contravigilancia», pese a que se realizó una valoración policial cuyo resultado fue «de riesgo bajo y vulnerabilidad media».

Además, en el caso de Santaolalla no es la primera negativa de Marlaska a la hora de informar sobre su escolta. Ya lo hizo en primera instancia cuando se le solicitaron los informes que sustentaban la asignación de una escolta policial continua, que poco después se modificó ante el revuelo causado, ya que la analista televisiva solicitó una orden de alejamiento sobre Quiles y un juzgado de Madrid rechazó la petición al considerar que no corría ningún riesgo.

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Por ello, Interior procedió a retirar el servicio de escolta dinámica del que disfrutaba la tertuliana. De esta forma, sería la Policía la encargada de establecer cuándo y cómo desplegarse y realizar labores de vigilancia en momentos y puntos clave, eliminando la escolta permanente en sus desplazamientos.

De hecho, según ha explicado Laura García, portavoz de JUPOL, la organización tiene constancia de que ya no posee escolta personal, sino que se ha establecido un sistema de contravigilancia para acompañarla en sus desplazamientos, lo que supone un despliegue de 10 efectivos. 

Pero ante la falta de agentes disponibles se están retirando efectivos de protección a «testigos protegidos y al delegado del Gobierno para dárselos a ella», algo que consideran de una gravedad extrema pues no existen motivos fundamentados para establecer tal dispositivo, pues la Justicia ya determinó que no corría ningún riesgo.

Ante esta situación, se volvió a cuestionar al ministro por la legalidad de la medida y los informes que sustentaban la decisión de establecer tales planes de seguridad y quién los ordenó, pues los sindicatos policiales los consideran injustificados y un «absoluto escándalo». Es más, según explica la portavoz García, desde JUPOL tienen dudas de que existan realmente «informes operativos que digan por qué es necesaria» esa escolta, por lo que creen que responde más a «cuestiones políticas que operativas».

Sin embargo, el Gobierno sigue callando y en la respuesta remitida este 13 de mayo, Eugenio Pereiro, director general de Coordinación y Estudios de la Secretaría de Estado de Seguridad, ha insistido en que es material «reservado», pues se encuentra sujeto «a un régimen de acceso restringido en virtud del Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de noviembre de 1986, por el que se clasifican determinados asuntos y materias con arreglo a la Ley 9/1968 sobre Secretos Oficiales, en su redacción vigente, ampliada por los Acuerdos del Consejo de Ministros de 17 de marzo y 29 de julio de 1994».

Además, añade que «la información solicitada sobre cualquier dispositivo de protección y persona concreta, en la medida en que se integra en informes de evaluación de riesgo y en la adopción de medidas de protección, participa de la misma naturaleza y régimen de protección, al estar directamente vinculada a los planes de seguridad y a los dispositivos operativos diseñados para la protección de personas».

En este sentido, y en relación al «número de periodistas o influencers que han dispuesto de escolta policial durante los años 2024 y 2025», Interior aplica igualmente la ley 9/1986 sobre Secretos Oficiales, al estimar que queda regulada por ella «Los planes de protección de todas aquellas personas» que regula la Instrucción 3/2025 de la Secretaría de Estado de Seguridad. 

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Precisamente este es un extremo sobre el que los sindicatos policiales llevan tiempo denunciando lo que consideran un exceso de escoltas policiales asignados a perfiles políticos o mediáticos y que deberían estar destinados a labores de vigilancia, prevención del delito o atención a víctimas, mientras se establecen cargas de trabajo excesivas para los agentes encargados del seguimiento de víctimas de violencia de género.

La Justicia no apreció «agresión alguna» de Quiles a Santaolalla

Frente a la opinión de los agentes y tras la supuesta agresión de Quiles a Santaolalla, Marlaska anunció que adoptaría todas «las medidas necesarias», lo que le generó multitud de críticas, que se sustentaron con lo que llegó después. Un juzgado madrileño desestimó la denuncia de la tertuliana contra Quiles, sentenciando que, una vez que se revisaron las cámaras del propio Senado, «no se aprecia agresión alguna por parte del investigado». De hecho, recalcó que «en dichas grabaciones en modo alguno se aprecia acometimiento por parte del investigado a la perjudicada».

Una situación similar a lo ocurrido con la esposa del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, cuya denuncia por la supuesta agresión que recibió por parte de Quiles también ha sido archivada al no encontrar indicios de delito. En concreto, la Justicia considera que tras el visionado de las imágenes aportadas a la causa «no se han podido acreditar hechos que posean relevancia penal» ya que «en las grabaciones no se aprecian las conductas denunciadas».

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