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La difusión de bulos, como el publicado por el medio El Plural, en el que se afirmaba erróneamente que el juez tenía dos DNI, insinuando una conducta irregular o delictiva
Investigacion Judicial06 de junio de 2025El juez Juan Carlos Peinado, titular del Juzgado de Instrucción Nº 41 de Madrid, ha decidido poner freno a la oleada de ataques personales que ha recibido en el último año con motivo de su papel en la investigación abierta contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. En una medida legal sin precedentes recientes en su carrera, Peinado ha presentado una demanda por intromisión ilegítima en el derecho al honor contra el tertuliano y escritor Máximo Pradera.
La iniciativa del magistrado marca un punto de inflexión en una tensa escalada mediática y política, en la que jueces, periodistas, miembros del Gobierno y opinadores se han visto enfrentados a raíz de investigaciones judiciales que afectan a figuras de primer nivel del poder político.
La causa judicial contra Pradera
La demanda interpuesta por el juez ha sido admitida a trámite por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Pozuelo de Alarcón (diligencias 546/25). Según fuentes judiciales, no se han encontrado defectos de forma en la presentación, lo que ha facilitado su pronta tramitación.
Peinado acusa a Pradera de haber emprendido una campaña de desprestigio personal, utilizando canales públicos —principalmente tertulias mediáticas y redes sociales— para atacar su imagen y cuestionar su integridad profesional. Entre los elementos más notorios mencionados en la demanda destacan:
El uso reiterado del apodo “Peinetas” para referirse al juez en tono despectivo.
Críticas públicas a sus resoluciones en el caso Begoña Gómez, acusándole de actuar con motivaciones políticas.
La difusión de bulos, como el publicado por el medio El Plural, en el que se afirmaba erróneamente que el juez tenía dos DNI, insinuando una conducta irregular o delictiva.
En su escrito, el juez invoca su derecho fundamental al honor, recogido en el artículo 18 de la Constitución Española, y solicita una compensación por los daños morales sufridos, así como una reparación simbólica que reafirme el respeto a la independencia judicial y a la dignidad de la función pública.
Contexto: el caso Begoña Gómez y la presión sobre el juez
La demanda contra Máximo Pradera no se entiende de forma aislada. Juan Carlos Peinado ha estado en el centro de la tormenta mediática y política desde que asumió la investigación contra Begoña Gómez, en una causa cuya apertura provocó una profunda sacudida en el panorama nacional.
Desde entonces, el juez ha sido objeto de un notable escrutinio público y de un sinfín de ataques personales, tanto desde medios de comunicación afines al Gobierno como desde figuras políticas de alto perfil. Su entorno personal y profesional ha sido investigado, y las decisiones procesales que ha tomado han sido objeto de una continua crítica que, según el juez, ha cruzado los límites de la libertad de expresión para convertirse en ataques injustificados contra su honor.
Máximo Pradera: de acusador a acusado
Cabe señalar que el propio Máximo Pradera había interpuesto anteriormente una querella contra el juez Peinado y el responsable del gabinete de prensa de los tribunales madrileños, por un supuesto delito de revelación de secretos.
El argumento de Pradera era que los medios de comunicación habían tenido acceso a la apertura de la investigación contra Begoña Gómez antes de que la información fuera oficialmente difundida por los canales de prensa judicial. Según el tertuliano, esto constituiría una filtración irregular destinada a perjudicar a la esposa del presidente.
Sin embargo, esta querella fue archivada por la Fiscalía de Madrid, que consideró que no había prueba alguna de delito. Posteriormente, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) también rechazó la querella, alegando que las resoluciones judiciales dictadas por Peinado no vulneraban el secreto de las actuaciones.
Más aún, el TSJM defendió el derecho constitucional a la información, afirmando que informar sobre la existencia de un proceso penal, sin datos confidenciales, es compatible con la naturaleza pública de la Justicia.
Una estrategia que ya han seguido otros personajes públicos
La acción legal emprendida por el juez Peinado no es aislada dentro del contexto de figuras públicas que buscan proteger su reputación frente a lo que consideran campañas de difamación.
El Rey emérito Juan Carlos I demandó al expresidente de Cantabria, Miguel Ángel Revilla, por comentarios que dañaban su imagen.
Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso, ha presentado demandas de conciliación contra miembros del Gobierno por haberle llamado “delincuente” sin haber sido juzgado.
Estas acciones reflejan una tendencia creciente en la que personas sometidas a presión mediática recurren al sistema judicial no solo para defenderse de imputaciones penales, sino también para salvaguardar su reputación personal.
La delgada línea entre crítica y difamación
Este caso plantea una pregunta crucial sobre los límites de la libertad de expresión en el contexto político y judicial:
¿Dónde termina la crítica legítima y comienza la difamación?
En democracia, la crítica a los jueces y a sus resoluciones debe ser posible, especialmente cuando sus decisiones afectan a líderes políticos o tienen impacto público. No obstante, también es cierto que la independencia judicial y la protección del honor de los magistrados son pilares esenciales del Estado de derecho.
Cuando las críticas se tornan en ataques personales, campañas de desprestigio o difusión de falsedades, pueden llegar a vulnerar derechos fundamentales que la justicia está llamada a proteger.
La demanda del juez Juan Carlos Peinado contra Máximo Pradera representa mucho más que un conflicto entre dos figuras públicas. Es una señal de alarma sobre el deterioro del debate público, la judicialización del discurso mediático y los riesgos que corren los principios constitucionales cuando se manipulan desde el partidismo.
En los próximos meses, este caso podría convertirse en un referente jurídico sobre los límites de la crítica pública y el alcance de la protección del honor en tiempos de polarización. Mientras tanto, la batalla legal apenas ha comenzado.
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