
La tan alabada Constitución de la libertad sin ira que aún mal que bien -más bien mal ya a estas alturas- nos cobija, tiene los años contados
El organismo supervisor considera que la entidad actuó de forma injustificada al impedir a una madre transferir los ahorros depositados en la cuenta de su hija menor, tras años operando sin impedimentos.
Opinion 10 de noviembre de 2025 SG
La madre de la menor abrió una cuenta bancaria motivada por el consejo de un comercial del banco Sabadell invitándole a abrir una cuenta de depósito a fin de conseguir mejor rentabilidad. Resultó que lo que la madre creía que firmaba no era lo que estaba firmando y esto los bancos saben muy bien como “jugar sus cartas” .
“Me dijeron que podría abrir una cuenta a nombre mía y de mi hija y que podría reiterar e ingresar el dinero sin problemas a fin de que la remuneración fuera mayor. Pero en realidad no era eso lo que estaba firmando, se me dijo que la cuenta era mía y de mi hija y sin embargo lo que firme era una cuenta exclusivamente de mi hija. Me siento tremendamente defraudada, engañada, estafada y como una completa ignorante, el daño psicológico que te hacen estos desalmados no tiene palabras en nuestro diccionario de la RAE…. así, de contundentes fueron las sinceras palabras de nuestra damnificada.
Durante un tiempo la madre ingresó y reitero dinero de dicha cuenta .
Sin embargo, cuando decidió transferir el dinero a otra entidad, el banco bloqueó la operación alegando que necesitaba la firma del otro progenitor, ya que acababa de tener conocimiento de que la relación con el otro progenitor no era buena. El banco Sabadell estaba reconocimiento descaradamente tener información confidencial y privada y reconoce que ellos mismos han realizado una filtración de datos confidenciales.
Aquella negativa, que dejó el dinero inmovilizado y a la madre en una situación de impotencia y de vulnerabilidad, acabó llegando interponer denuncia al Banco de España.
El organismo supervisor, tras analizar el caso, ha dado la razón a la clienta y ha señalado que el Sabadell quebrantó las buenas prácticas y usos bancarios, al modificar de forma unilateral su criterio de actuación sin aviso previo ni fundamento legal probado.
Una historia de confianza quebrada
La afectada abrió la cuenta corriente en el Banco Sabadell a nombre de su hija cuando esta era apenas una niña. En los años siguientes, según consta en los documentos de la reclamación, realizó diversos ingresos, retiradas y la apertura de un depósito a plazo fijo. Todas las operaciones se efectuaron sin obstáculo alguno.
“Desde el primer día, el banco me dejó ingresar y retirar dinero sin pedirme nunca la firma del padre”, relató la mujer en su queja al Banco de España. “Ahora, después de tantos años, cuando quiero llevarme los ahorros a otra entidad, me dicen que no puedo hacerlo sola. Me siento engañada”, añadía en su escrito. “ Que le importa al banco como me lleve con mi expareja” argumentaba la protagonista de esta historia.
La madre, que no mantenía relación con el otro titular de la patria potestad, se vio imposibilitada para disponer del dinero que había depositado y gestionado durante años.
Frustrada por la falta de respuestas y la imposibilidad de comunicarse con la entidad —“no cogen el teléfono, y en la oficina nadie me da una solución”, escribió—, la clienta presentó una reclamación formal ante el servicio de atención al cliente del Banco Sabadell. La respuesta fue negativa: el banco insistió en que, tras conocer la existencia de “desavenencias” entre los progenitores, no podía autorizar ninguna disposición de fondos sin la firma de ambos. “Desde cuando un banco tiene competencia en decidir lo que se hace con el dinero dependiendo de si tienes buena o mala relación” argumenta la madre.
Pero es que ahí no acaba la cosa, a principios del año 2025 la madre solicita todo el expediente al banco de España y descubre que el progenitor, que nunca tuvo titularidad en ninguna de las cuentas y al que nunca se le solicitó ninguna firma habían mantenido y transferido información confidencial. El banco ha reconocido transferir información sobre el dinero que hay en las cuentas, y el banco recibe del progenitor información como sentencias del juzgado e información confidencial. La cuestión no es baladí, ¿como obtiene información el banco Sabadell sobre la ex pareja de la denunciada?
La damnificada se siente perseguida y que su vida privada se ha investigado vulnerando e infringiendo las buenas prácticas y la ética. ¿Todo vale para conseguir retener el dinero a un cero por ciento de intereses? ¿Realmente un banco puede retener unos fondos alegando mala relación con su expareja? Del banco a la autoridad supervisora
Ante la falta de solución, la mujer acudió al Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones del Banco de España, el órgano responsable de velar por la transparencia y la protección de los clientes bancarios. En su reclamación, argumentó que la entidad estaba incurriendo en una mala praxis, vulnerando su derecho a disponer de los fondos, y que su actuación podía constituir incluso una apropiación indebida, al retener el dinero sin causa legítima.
El Banco Sabadell presentó su versión: reconoció tener información confidencial de la vida privada de la madre, y reconoció de manera subrepticia haberla investigado justifica su proceder, cito literalmente necesidad de proteger los intereses de la menor”.
No puede haber nada mas hilarante que retener el dinero que no es tuyo y alegar que es para proteger el dinero de la menor. Ante el requerimiento de porque anteriormente si había dejado realizar operaciones bancarias, el banco Sabadell responde “no teníamos noticias de que había una mala relación entre los progenitores”. La pregunta que todos nos hacemos…. Y porque ahora si la tienes
El Banco de España, tras revisar toda la documentación, consideró que el Sabadell no aportó ninguna prueba concreta que acreditara la existencia de un conflicto entre los padres o un cambio de circunstancias que justificara el bloqueo. En su informe, el organismo fue claro:
“No consideramos justificada la postura de la entidad consistente en negarse a atender la solicitud de transferir los fondos a otra entidad, formulada por la progenitora que en su día abrió la cuenta e ingresó los fondos y siempre operó con ellos por sí sola.”
Falta de advertencia y vulneración de confianza
El supervisor subraya además que la entidad no advirtió previamente a la clienta de que la disponibilidad de los fondos quedaba sujeta a una nueva condición. “Las buenas prácticas hubieran exigido que, si esa iba a ser su postura, se le hubiera advertido desde el momento de los ingresos”, señala el informe. Y que además el banco Sabadell debería en todo caso haber solicitado la firma a la apertura de la cuenta.
”Es obvio que no la solicito porque no le interesaba la relación que tenía con mi expareja al recibir el dinero, pero cuando quiero sacarlo parece que le importa mucho como me llevo, realmente no abriría una cuenta en el Sabadell ni, aunque me regalara un piso en la castellana, me parece muy vil y muy mal proceder por parte de esta entidad” arguye la madre
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