
Una juez de Andújar considera que las plantas fotovoltaicas de la Campiña Norte de Jaén se trocearon irregularmente para sortear la normativa
Impacto España Noticias
Una juez de Andújar ha emitido una resolución en la que considera que las plantas fotovoltaicas autorizadas en la Campiña Norte de Jaén se trocearon de forma irregular con el fin de sortear la ley, pese a que están situadas en el mismo entorno y ocupan parcelas contiguas.
Estas anomalías, dice la jueza, no son irrelevantes y podrían vulnerar los principios de propios de la administración, suponiendo así un claro perjuicio de los agricultores afectados a los que se expropiaron sus parcelas.
El proceso se inició a la raíz de las denuncias de un propietario y recayó en el Tribunal de Instancia de Andújar, plaza número 2, que ha resulto que no ve delito en la actuación de la Junta, que dio los permisos, si bien considera que existen irregularidades que deberían resolverse en los tribunales de lo contencioso-administración.
La juez se remite a una sentencia anterior dictada por la sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA, de 15 de julio de 2015, al respecto de varios proyectos fotovoltaicos localizados entre Bujalance y Montoro (Córdoba) en los que se consideró que la fragmentación de los proyectos se produjo "con el único fin de evitar la norma legal a aplicar. Esto es la que impone la competencia estatal en estas autorizaciones por sobrepasar el proyecto los 50 megavatios".
Eso supone, añade esa sentencia, "un incumplimiento de la Ley de Evaluación Ambiental 21/2013, pues en la misma se exige una evaluación ambiental ordinaria para las instalaciones de energía solar que ocupen más de cien hectáreas".
En ese caso el fraude de ley quedaría acreditado por el hecho de que el titular de los tres proyectos es el mismo; su ubicación es la misma; están situados colindantes, al lado unos de otros", a lo que se añade que "la propia denominación denota que le proyecto se ha configurado como una unidad, al menos desde la óptica empresarial y las sinergias que genera en cuanto a su explotación y beneficio económico".
La jueza que ha visto la denuncia de las plantas autorizadas en la Campiña Norte de Jaén considera que la situación es "idéntica a la expuesta en la sentencia señalada". En este segundo caso los proyectos están situados en las localidades de Marmolejo, Arjona y Lopera, todos ellos con una misma denominación, Zumajo, Marmolejo y Guadame, y pese a su localización y solicitud de manera conjunta, se han presentado de forma aislada", lo que supone, a juicio de la magistrada, una "fragmentación artificiosa".
Sin embargo, la jueza considera que eso no significa que la autorización se concediera "con la intención de lograr un resultado injusto", por lo que no aprecia indicios suficientes de la existencia de delito contra el medio ambiente y contra la fauna. "La arbitrariedad no es equivalente a la ilegalidad", sostiene en su resolución en la que sobresee las denuncias en la vía Penal y anima a los denunciantes a acudir a la vía contencioso-administrativa.
Como viene informando IEN, la lucha de los oliveros de la Campiña Norte de Jaén contra la instalación en sus tierras de varias plantas fotovoltaicas ya está recurrida ante los tribunales de lo contencioso-administrativos, tras la interposición de sendas demandas contra las últimas resoluciones adoptadas por la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Lopera dando luz verde a un proyecto que -calculan- supondrá la tala de miles de olivos.
Esos pleitos llevan la firma de las organizaciones SOS Rural y la Asociación Ecología y Libertad, que reclaman la anulación de las autorizaciones sectoriales y ambientales concedidas por considerarlas "nulas de pleno derecho".
En su conjunto, los proyectos impulsados por las compañías Greenalia y FRV Arroyadas, tal y como fueron aprobados por la Junta de Andalucía, hubieran supuesto la tala de 50.311 olivos y 45.650 cepas de vid, según el cálculo realizado por la Plataforma Campiña Norte a partir de los documentos oficiales publicados, que incluyen todas las referencias catastrales de las fincas concernidas.
La legislación actual deja a la libre elección de los promotores la selección de las parcelas para la instalación de plantas fotovoltaicas, en función de criterios de rentabilidad y coste de explotación, condicionados por las características del terreno y la distancia a la que se sitúa la subestación eléctrica más cercana, a través de la que se evacúa la energía generada en las placas solares.
Los proyectos se deciden sin tener en cuenta, por tanto, los intereses legítimos del territorio y la voluntad de sus propietarios, como ha sido el caso en buena parte de las plantas previstas en la Campiña Norte de Jaén.
Una vez que la administración declara el proyecto de Utilidad Pública, se inicia un proceso de negociación que va seguido de expropiación forzosa en el caso de que no haya acuerdo. Los afectados se han sentido indefensos y, en algunos casos, aseguran que ha firmado ceder sus tierras bajo presión.
Natalia Corbalán, portavoz de SOS Rural, considera que, pese al sobreseimiento de la demanda interpuesta por la vía penal, el reconocimiento de que se ha producido una "fragmentación artificiosa" supone un gran respaldo en la lucha de la batalla legal de los propietarios y les anima a seguir pleiteando hasta conseguir la anulación de las autorizaciones.
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