Un informe de la Comisaría General de Extranjería advierte del riesgo de la «regularización»

 La sustitución de la documentación por una declaración responsable permitiría el reconocimiento provisional de derechos sin cumplir plenamente los requisitos exigidos por una norma con rango de ley, lo que podría implicar una extralimitación reglamentaria
Inmigración Ilegal30 de marzo de 2026 G.IB

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El borrador de real decreto para la «regularización» extraordinaria de inmigrantes ilegales introduce un mecanismo de acreditación de antecedentes penales que ha suscitado objeciones jurídicas y técnicas por su posible incompatibilidad con el marco normativo vigente.

En particular, la previsión de sustituir la documentación acreditativa por una declaración responsable en determinados supuestos plantea dudas respecto a su adecuación a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

De acuerdo con el borrador, si el ilegal acredita haber solicitado el certificado de antecedentes penales en su país de origen o en aquellos donde hubiera residido durante los últimos cinco años, y transcurre un mes sin respuesta, la Administración podrá recabar directamente la información.

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 Si, tras un nuevo plazo mensual, no se obtiene contestación, el interesado podrá presentar una declaración responsable que surtirá efectos provisionales, entendiéndose que carece de antecedentes penales a los efectos del procedimiento.

El texto añade que, en caso de recibirse posteriormente una certificación con resultado positivo, la Administración procederá a revisar de oficio la autorización concedida. Este mecanismo introduce una dimensión revisable del derecho reconocido, condicionada a la eventual obtención de información posterior.

Esta previsión podría suponer una reducción de las garantías de verificación efectiva. La sustitución de la documentación por una declaración responsable permitiría el reconocimiento provisional de derechos sin cumplir plenamente los requisitos exigidos por una norma con rango de ley, lo que podría implicar una extralimitación reglamentaria.

Asimismo, se ha cuestionado la capacidad de un reglamento para modificar el régimen jurídico de la declaración responsable, al tratarse de un instrumento regulado legalmente. Desde esta perspectiva, se considera que el diseño previsto podría entrar en conflicto con el principio de jerarquía normativa.

El informe de alegaciones elaborado por la Comisaría General de Extranjería y Fronteras advierte, además, de posibles riesgos operativos derivados de la aplicación del sistema. Entre ellos, se menciona la eventual omisión de estancias previas en terceros países por parte de los solicitantes, lo que dificultaría la comprobación completa de antecedentes.

También se señala el riesgo de que un solicitante que haya recibido un certificado desfavorable alegue no haberlo recibido, activando el mecanismo sustitutivo de la declaración responsable: «»Existe el riesgo de que el extranjero habiendo recibido un certificado desfavorable, niegue haberlo recibido».

El documento policial subraya que estas lagunas podrían comprometer la eficacia de los controles y afectar a la salvaguarda de los intereses generales. Igualmente, apunta a la ausencia de previsiones específicas sobre las consecuencias jurídicas en caso de falsedad en la declaración responsable, lo que añade incertidumbre al procedimiento.

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