
Begoña Gómez se enfrenta a hasta ocho años de cárcel tras ser enviada a juicio por tráfico de influencias y malversación
Impacto España Noticias
La Audiencia Provincial de Madrid ha acordado enviar a juicio a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, poniendo fin a más de dos años de investigación judicial. También es conocida como la ‘presidenta de España’.
La resolución supone un hecho sin precedentes en la democracia española, ya que Sánchez se convierte en el primer presidente del Gobierno cuya esposa será juzgada durante su mandato.


El tribunal confirma la decisión del juez instructor Juan Carlos Peinado y determina que Gómez deberá responder ante un jurado popular por los presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación de caudales públicos, aunque descarta finalmente juzgarla por corrupción en los negocios.
Delito de malversación
En relación con el delito de malversación, el Código Penal castiga a la autoridad o funcionario público que, con ánimo de lucro, se apropie o permita que un tercero se apropie de patrimonio público que tenga bajo su responsabilidad. En el caso de que el tribunal apreciara la comisión de este delito, las penas previstas oscilan entre dos y seis años de prisión, además de una inhabilitación especial para empleo o cargo público de entre seis y diez años.
No obstante, si durante el juicio se acreditara que el perjuicio económico causado supera los 50.000 euros o que los hechos provocaron un grave daño o entorpecimiento al servicio público, la condena podría agravarse hasta ocho años de prisión y una inhabilitación de entre diez y veinte años.
La decisión en manos de un jurado
La Audiencia también aprecia indicios suficientes para que sea un jurado quien determine si Begoña Gómez incurrió en un delito de tráfico de influencias.
En su auto, los magistrados consideran «perfectamente verosímil» que la esposa del presidente se beneficiara de su «privilegiada posición de esposa del presidente del Gobierno» para influir en la concesión de una cátedra extraordinaria en la Universidad Complutense de Madrid, que, según la resolución, fue otorgada de forma prácticamente inmediata y sin un control suficiente sobre la consistencia del proyecto presentado.
Por este delito, el Código Penal contempla penas de seis meses a dos años de prisión, multa económica e inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo de entre cinco y nueve años. Si se demostrara que el beneficio perseguido llegó a obtenerse, estas penas podrían imponerse en su mitad superior.
Juzgada también la asesora de Moncloa
Junto a Begoña Gómez también será juzgada Cristina Álvarez, asesora de Moncloa, aunque únicamente por un presunto delito de malversación. Según la Audiencia, existen indicios de que actuó en nombre de Gómez en diversos encuentros y realizó gestiones encaminadas a desviar recursos de la Universidad Complutense hacia fines privados.
La resolución supone además un respaldo a la continuidad del procedimiento impulsado por la acusación popular, encabezada por Hazte Oír, que recuerda que defendió la prosecución de la causa frente a los recursos presentados por la Fiscalía, que había solicitado el archivo del procedimiento. La asociación sostiene que la decisión judicial demuestra la importancia de la acusación popular como mecanismo de control frente al poder y ha anunciado que continuará personada en el proceso hasta la celebración del juicio.
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