Abogacía del Estado pide a Llarena la eliminación de la orden de detención de Puigdemont
Cumpliendo con lo ordenado por el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, la Fiscalía ha pedido este miércoles al juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena que levante la orden de prisión contra el fugado Carles Puigdemont
Cumpliendo con lo ordenado por el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, la Fiscalía ha pedido este miércoles al juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena que levante la orden de prisión contra el fugado Carles Puigdemont en la causa del procés.
En aplicación de la Ley de Amnistía, también ha reclamado al Alto Tribunal que archive tanto ese procedimiento como el de Tsunami Democràtic, abierto por terrorismo.
La solicitud llega el día en que vence el plazo que el instructor de la causa del 1-O dio a las partes para que se pronunciaran sobre la aplicación de la nueva ley. Y al día siguiente de que la Junta de Fiscales de Sala respaldara por un margen mínimo la tesis del fiscal general de que la malversación del procés encajaba en la Ley de Amnistía.
En un escrito con los mismos razonamientos, pero dirigido a la Sala que juzgó el procés, los nuevos fiscales del caso -los iniciales fueron apartados al rechazar la aplicación de la amnistía- piden también declarar extinguida la responsabilidad penal de Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa. Esos cuatro condenados por malversación seguían aún cumpliendo inhabilitación por ello pese a los indultos.
Para amnistiar la malversación, la Fiscalía resalta que debe distinguirse entre enriquecimiento personal y ánimo de lucro. Solo el primero está excluido de la amnistía. A juicio del Ministerio Público, no se produjo en el caso de Puigdemont y otros líderes del procés, porque destinaron los fondos públicos al referéndum, algo que entraría en el concepto amplio de ánimo de lucro, pero no en el restringido de enriquecimiento personal.
"Parece razonable concluir, en el marco del contexto y sistemática propia de la norma analizada, que los actos directamente dirigidos a financiar o sufragar las consultas independentistas deben entenderse comprendidos en el ámbito objetivo de aplicación de la ley y, por consiguiente, amnistiados", dice la Fiscalía
"Qué duda cabe", añade, "de que, se compartan o no las motivaciones políticas, ideológicas o incluso filosóficas presentes en el legislador, esta constituye la hipótesis interpretativa que en mayor medida contribuye a la consecución de los fines perseguidos con la aprobación de esta norma y que conecta de un modo más razonable con los fundamentos jurídicos de la misma".
A eso añade que no hubo perjuicio alguno en el procés a los intereses financieros de la UE, por lo que las normas europeas no impiden la aplicación de la amnistía. Los cuatro fiscales apartados sostenían lo contrario.
Al aplicarse la amnistía tanto a la malversación como a la desobediencia -el delito aplicado tras la desaparición de la sedición-, la Fiscalía pide levantar todas las medidas cautelares. Eso afecta a la orden nacional de detención y prisión de Puigdemont y de los también huidos Lluìs Puig y Antonio Comín. Y a la orden de detención -para que declaren ante el juez solo por desobediencia- de Marta Rovira y Clara Ponsatí, igualmente huidas de la Justicia española.
TERRORISMO
Además de dirigirse a Llarena y al tribunal del procés, en un tercer escrito la teniente fiscal del Supremo, María Ángeles Sánchez Conde, pide aplicar la amnistía a la causa de Tsunami que el Supremo instruye contra Puigdemont y el diputado autonómico Ruben Wagensberg.
A su juicio, los hechos que se atribuyen al ex president -y al resto de investigados por Tsunami- no encajan en las excepciones a la amnistía. La ley permite amnistiar el terrorismo excepto cuando "hayan causado de forma intencionada graves violaciones de derechos humanos", en particular las reguladas en el Convenio Europeo de Derechos Humanos y en el derecho internacional humanitario.
"Es claro que ninguno de los hechos investigados en esta causa de forma intencionada una grave violación de los derechos humanos recogidos en los artículos dos y tres del Convenio y en el derecho internacional humanitario, esto es, muerte y torturas, incluso esclavitud", dice la Fiscalía.
"De ello fluye", termina, "que los hechos objetos de investigación en la presente causa se encuentran dentro del ámbito objetivo contemplado en el artículo único uno de la Ley Orgánica, sin que les afecten las exclusiones".
ESCRITO DEL FUGADO
La presentación de los escritos coincide con la de las alegaciones del propio Puigdemont, que ha pedido a Llarena que aplique la Ley de Amnistía y levante de forma inmediata la orden de prisión que dictó contra él.
Puigdemont está procesado por malversación y desobediencia (esta última, tras la desaparición de la sedición). Las alegaciones del abogado Gonzalo Boye consideran que ambos delitos, cuya comisión sigue negando el ex president, están amparados por la ley recién aprobada.
"Procede, por tanto, declarar amnistiados dichos hechos acordándose el sobreseimiento libre", así como "el inmediato alzamiento" de la orden nacional de busca y captura e ingreso en prisión.
Añade que con los dos delitos examinados incluidos en la ley de amnistía, debería retirarse la orden de detención: "Restringir la libertad personal sería manifiestamente contrario a dicho derecho fundamental, pues se estarían vulnerando los principios de proporcionalidad y necesidad.
Esto va en contra de los criterios aplicables al caso establecidos tanto por el Tribunal Constitucional, como por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos".
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