El Supremo avala la declaración de Víctor de Aldama en la trama Koldo y respalda nuevas diligencias sobre adjudicaciones públicas

La resolución judicial pone de relieve que el empresario no intentó desvincularse de los hechos, sino que incluso reconoció su participación activa y aportó información sobre nuevas actividades
Víctor de Aldama

El magistrado del Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, ha dado un espaldarazo decisivo a la línea de investigación abierta en la conocida trama Koldo. En una reciente resolución judicial, el magistrado ha rechazado el recurso interpuesto por Koldo García y ha subrayado el valor probatorio de las declaraciones prestadas por el empresario Víctor de Aldama, implicado en la causa.

El pronunciamiento del juez se ha producido en el marco de una investigación que va mucho más allá del caso inicial relacionado con la compra de mascarillas durante la pandemia. Según la resolución, el objeto de esta causa especial también incluye otras contrataciones públicas que podrían haber sido adjudicadas de forma irregular, con la presunta participación de los tres investigados principales: Koldo García, José Luis Ábalos y Víctor de Aldama.

Una declaración que abre nuevas líneas de investigación
En el auto, el magistrado Puente indica con claridad que no debe minimizarse el valor de la declaración de un investigado, sobre todo cuando dicha declaración viene acompañada de otros elementos objetivos que la refuerzan. Esta afirmación cobra especial importancia dado que buena parte de las actuaciones recientes se basan en las manifestaciones de Víctor de Aldama en sede judicial.

El empresario no solo reconoció su participación en hechos que podrían revestir carácter delictivo, sino que aportó nuevos datos y documentos relevantes que han derivado en la apertura de nuevas diligencias. Entre estos documentos, entregados por el propio Aldama, figuran listados de adjudicaciones de obra pública, algunos de ellos subrayados con fluorescente y con anotaciones manuscritas.

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Koldo García alegó que la diligencia era prospectiva
El recurso presentado por Koldo García pretendía anular la orden del juez que instaba a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil a investigar dichas adjudicaciones. García alegaba que esta diligencia era de carácter meramente prospectivo —es decir, orientada a buscar delitos sin una base indiciaria previa— y, por tanto, inadmisible según la jurisprudencia.

No obstante, el juez Puente desestimó de forma rotunda este argumento, subrayando que el objeto de la causa no se limita a los contratos de emergencia para la adquisición de mascarillas por parte de entidades dependientes del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA), como Puertos del Estado y Adif, sino que también abarca otras contrataciones públicas anteriores y posteriores que podrían haberse concertado de forma irregular.

Declaración respaldada por documentos y pruebas caligráficas
Uno de los aspectos más relevantes del auto es la importancia que el magistrado otorga a la documentación entregada por Aldama, la cual ha sido considerada como un elemento de prueba que corrobora sus manifestaciones. Según se indica en la resolución, los documentos incluyen expresiones manuscritas y subrayados que permiten asociarlos directamente con Koldo García Izaguirre.

Este extremo ha sido confirmado por una prueba pericial caligráfica realizada en el marco de la instrucción, que acredita la intervención directa de García Izaguirre en la elaboración de los documentos. Para el juez, esto refuerza la hipótesis de que no se trata de una simple declaración interesada, sino de un testimonio que está siendo respaldado por pruebas objetivas.

Ampliación del foco de la investigación
El magistrado reitera que esta causa especial investiga un posible patrón de actuación en la adjudicación de contratos públicos, en el que Víctor de Aldama habría actuado como intermediario utilizando su influencia personal sobre Koldo García y José Luis Ábalos. A cambio de determinadas contraprestaciones, se habrían favorecido intereses particulares en distintos procesos de adjudicación.

La resolución judicial pone de relieve que el empresario no intentó desvincularse de los hechos, sino que incluso reconoció su participación activa y aportó información sobre nuevas actividades que, hasta el momento, no estaban en el foco de la investigación.

Por ello, el magistrado considera que la diligencia solicitada a la UCO —centrada en identificar a las empresas adjudicatarias de las obras señaladas en la documentación entregada y en fiscalizar el procedimiento de adjudicación— es no solo legítima, sino también útil y necesaria para la instrucción del caso.

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Firmeza judicial y refuerzo de la labor investigadora
La decisión del juez Puente representa un paso firme en el avance de la causa, que cada vez se perfila más como una red compleja de tráfico de influencias y adjudicaciones presuntamente irregulares. La resolución desestima sin ambigüedades el intento de Koldo García de frenar las actuaciones de la UCO y subraya que el testimonio de Víctor de Aldama, lejos de ser irrelevante, ha resultado esencial para ampliar el alcance de la investigación.

La trama Koldo, que comenzó como un escándalo relacionado con la compra de material sanitario en los primeros compases de la pandemia, se ha convertido en una investigación de amplio espectro sobre prácticas corruptas en el seno de la administración pública. Con esta resolución, el Tribunal Supremo no solo reafirma la validez de las diligencias en curso, sino que también sienta un precedente sobre la importancia de valorar adecuadamente las declaraciones de quienes, aun estando investigados, colaboran con la justicia.

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