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El CGPJ deberá determinar si las conductas atribuidas a la jueza Ruiz Tobarra y a su marido constituyen una falta disciplinaria o, en su caso, si procede abrir un expediente que pueda desembocar en sanciones más graves
Investigacion Judicial21 de agosto de 2025
Impacto España Noticias
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha puesto en marcha una investigación interna que afecta a la magistrada Nuria Ruiz Tobarra, titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Catarroja y responsable de la causa judicial relativa a la DANA que devastó buena parte de la Comunidad Valenciana el 29 de octubre de 2024.
El órgano de gobierno de los jueces quiere esclarecer si existió un quebranto en la imparcialidad de la jueza y si se produjo una injerencia indebida por parte de su marido, el magistrado Jorge Martínez Ribera, quien, según varias fuentes y testimonios, habría participado de manera irregular en la instrucción.
Señalamientos sobre una “intromisión indebida”
Las partes personadas en el procedimiento expresaron su indignación después de conocerse que Martínez Ribera, destinado actualmente en el Juzgado de Instrucción número 4 de Valencia, habría estado asesorando o asistiendo a su esposa en el desarrollo de diligencias procesales. Esa circunstancia fue interpretada como una interferencia impropia, dado que el magistrado no forma parte del órgano judicial que dirige la instrucción y, por tanto, carece de competencia para intervenir.
La polémica se intensificó a raíz de la aparición de imágenes grabadas en mayo de este año, donde se aprecia al juez Martínez Ribera en la sala de vistas del juzgado de su mujer. En esas escenas, registradas justo después de la declaración de un testigo, se observa al magistrado conversando con los funcionarios de la oficina judicial y, según fuentes presentes, dirigiéndose directamente a la jueza Ruiz Tobarra para darle indicaciones.
Una trayectoria que levanta sospechas
Martínez Ribera conoce bien ese juzgado: en 2003 estuvo destinado en el propio Juzgado de Instrucción n.º 3 de Catarroja, lugar donde alcanzó la categoría de magistrado en virtud del Real Decreto 88/2003, de 24 de enero. Posteriormente fue trasladado a Tarragona y, años más tarde, recaló en la capital valenciana.
Esta circunstancia ha llevado a algunos observadores a especular con que su experiencia previa pudo haberle impulsado a “echar una mano” a su esposa en un procedimiento de gran trascendencia, algo que, lejos de ser entendido como un gesto de cooperación, ha sido interpretado como una vulneración de la neutralidad y de la independencia judicial.
Querella ampliada de Manos Limpias
El sindicato de funcionarios públicos Manos Limpias, presidido por Miguel Bernad, presentó en julio una ampliación de la querella inicial contra Ruiz Tobarra e incluyó también a Martínez Ribera como investigado. Los hechos descritos podrían, en su opinión, constituir los delitos de prevaricación judicial y usurpación de atribuciones.
Según esta organización, la intervención del magistrado contamina de raíz la instrucción y convierte en nulos los actos procesales en los que hubiera participado o influido, aunque fuera de manera indirecta. La querella incide en que la gravedad de la situación obliga a replantear la validez de todo el procedimiento.
Testimonios que refuerzan la polémica
Una de las víctimas de la DANA que compareció como testigo en la causa aseguró que, durante su declaración, Martínez Ribera se encontraba en la sala. Según su versión, aunque no formuló preguntas, sí llegó a dar instrucciones verbales a su esposa, frases como “apunta esto”, lo que incrementó la sensación de irregularidad entre las personas presentes.
Este testimonio, unido a las imágenes que ya circulan en medios y a las quejas presentadas, fortalece las sospechas sobre una intervención no autorizada.
La queja política y la respuesta institucional
La controversia también tuvo eco en el ámbito político. En mayo, la exconsellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, presentó una queja formal contra la magistrada Ruiz Tobarra. En ese escrito, acusaba a la instructora de actuar con sesgo y de permitir la participación de terceros en el proceso, en alusión a su marido.
El CGPJ, no obstante, recordó que las peticiones de recusación o apartamiento de un juez deben canalizarse a través de la Audiencia Provincial de Valencia, no mediante escritos dirigidos al propio órgano de gobierno. Esa respuesta rebajó el alcance de la denuncia política, aunque no impidió que se mantuvieran abiertas las pesquisas disciplinarias en torno a la magistrada.
Un procedimiento bajo la lupa
El caso de la DANA ya se encontraba rodeado de expectación por su complejidad, dado que investiga las responsabilidades en la gestión de la emergencia que causó cuantiosos daños materiales y víctimas mortales. La presunta implicación del matrimonio de jueces añade ahora un elemento de tensión adicional:
De un lado, porque compromete la confianza de las partes en la objetividad del tribunal.
De otro, porque podría derivar en la nulidad de actuaciones clave, retrasando un proceso judicial que exige respuestas rápidas y transparentes.
El CGPJ deberá determinar si las conductas atribuidas a la jueza Ruiz Tobarra y a su marido constituyen una falta disciplinaria o, en su caso, si procede abrir un expediente que pueda desembocar en sanciones más graves. Paralelamente, el procedimiento penal iniciado por Manos Limpias seguirá su curso en los tribunales, donde se valorará si hubo realmente delitos de prevaricación y usurpación de funciones.
Mientras tanto, la instrucción sobre la DANA continúa en manos de la propia jueza Ruiz Tobarra, aunque cada movimiento está siendo observado con lupa por las partes personadas, las asociaciones judiciales y el propio CGPJ.
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