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La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a siete años de cárcel al que fuera vicepresidente y exconsejero de Justicia de la Comunidad de Madrid Alfredo Prada por un delito continuado de prevaricación
Investigacion Judicial11/09/2024Impacto España NoticiasLa Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a siete años de cárcel al que fuera vicepresidente y exconsejero de Justicia de la Comunidad de Madrid Alfredo Prada por un delito continuado de prevaricación en concurso medial con otro continuado de malversación agravada por 24 contratos por un total de 40 millones de euros en la construcción de la Ciudad de la Justicia entre los años 2005 y 2011, proyecto fallido «en gran medida, por los gastos sin límite» de la sociedad pública que él encabezaba.
Para los magistrados, su participación y responsabilidad está «sobradamente acreditada», no sólo porque era él quien firmaba los contratos en representación de la sociedad Campus de la Justicia de Madrid (CJM) -intervino en los 24 objeto del juicio- sino porque tiene una participación decisiva en la elección de los adjudicatarios, prescindiendo del procedimiento administrativo, como ocurrió según los hechos probados, con el fichaje del arquitecto Norman Foster.
Junto a Prada, han resultado condenados por el mismo delito en calidad de cooperadores necesarios y penas de tres años y medio de cárcel cuatro empleados que formaron parte del equipo directivo de aquel proyecto fallido, incluido el comisario Andrés Gómez Gordo, que estaba al frente del área de seguridad. Se le suman Isabelino Baños (director general técnico) Alicio de las Heras (director financiero) y Félix José García de Castro (letrado asesor).
Mientras, la Sala absuelve al que fue subdirector general técnico, Mariano José Sanz. Todos han sido absueltos del delito de fraude contra las administraciones públicas que les atribuían las acusaciones ejercidas por el Ministerio Fiscal y la Comunidad de Madrid, administración a la que Prada, Balos, De las Heras y Gómez Gordo deberán indemnizar de forma conjunta y solidaria con 40, 4 millones de euros. Si no, responderá civilmente García de Castro.
Para la Sala, ha quedado probado que la sociedad Campus de la Justicia y los acusados, todos ellos miembros de la mesa de contratación, llevaron a cabo una intensa actividad de contratación en la que «obviaron toda previsión económica», prescindieron de cualquier estudio de costes, eludieron los controles administrativos prescindiendo de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid, infringiendo la normativa aplicable y externalizando prácticamente toda la actividad de la sociedad que tenía un número muy escaso de empleados para llevar a cabo la tarea.
Detalla que los contratos suscritos se alejaron cada vez más del objeto social y la construcción de una Ciudad de la justicia dejó de ser el objetivo principal de la sociedad constituida a tal fin, para convertirse en un «pretexto o excusa» para celebrar todo tipo de contratos de los que destaca «la absoluta falta de relación entre la actividad contratada y la ejecución del proyecto».
Subraya en este sentido, «las exposiciones organizadas por la Fundación Arte Viva y el caos de contratación de publicidad aparejada) o por su excesivo coste que supera completamente la capacidad económica de la sociedad (el contrato suscrito con Foster & Partners y sus consultoras sin contrato), por su inutilidad de cara al objeto social (contrato con METAVERSE y CUL DE SAC), por su inadecuación para la fase de desarrollo del proyecto (como el contrato suscrito con MATCHMIND o los contratos de servicios de seguridad)».
Para los magistrados, dichos contratos así suscritos se alejaron del objeto social de CJM, el precio que se pagó por ellos es dinero que se distrajo de su legítimo fin hasta el punto de que el proyecto de construcción del Campus de la Justicia de Madrid nunca se hizo realidad y el gasto excesivo empleado en la contratación fue una de las causas del fracaso del proyecto:
Se adquirieron servicios y productos que no sirvieron al interés público y que desde la perspectiva del concepto personal de patrimonio utilizado por la jurisprudencia «generaron un evidente perjuicio».
Malversación de «extraordinaria relevancia»
La Audiencia se basa en doctrina del Tribunal Supremo para aplicar el subtipo agravado en la malversación al tener en cuenta el valor de las cantidades sustraídas y el daño causado al servicio público, que se considera de «suma gravedad» y «extraordinaria relevancia».
Sólo el contrato con Foster & Partners y las consultoras con las que trababa este estudio del arquitecto Norman Foster costó a las arcas públicas más 13 millones de euros, a los que hay que añadir los costes de los otros 23 contratos enjuiciados, cuya suma alcanza, como indica el Letrado de la Comunidad de Madrid, la cantidad de 40.482.735,78 euros.
«El servicio público en este caso se identifica con el objeto social que debía colmar CJM con su capital íntegramente público, esto es, la urbanización y edificación de una ciudad judicial que albergara todas les sedes judiciales de la capital y que nunca se logró culminar, hasta el punto que a día de hoy esa ciudad judicial sigue sin existir; tan solo se logró edificar el inmueble que debía ser la sede del Instituto de Medicina Legal, que ni siquiera se completó, y parte de los túneles de conexión entre los distintos edificios», destaca.
A criterio de la Sala, «el fracaso del proyecto del CJM se debió en gran medida a los gastos sin límite dedicados a fines que guardaban poca relación con el objeto social, gastos superfluos o inútiles en los que se empleó gran cantidad de recursos sin previsión de costes alguna para comprobar a posteriori que la sociedad no tenía recursos suficientes para acometer su objetivo. Y entre esos gastos que esquilmaron a CJM se encuentran los contratos objeto de este juicio».
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